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Lo que tienes que saber cuando publiques fotos de tus hijos (y sus amigos) en internet

¿Sabes si puedes publicar en Facebook las fotos del cumpleaños de tu hijo con sus amigos? ¿o fotos de un parque donde aparezcan menores? Un abogado especializado en Derecho Tecnológico explica cómo actuar ante estas situaciones, y más

Lo que tienes que saber cuando publiques fotos de tus hijos (y sus amigos) en internet fotolia

m. j. pérez-barco

Publicar fotos de los hijos en las redes sociales se ha convertido en un acto cotidiano en muchos hogares. Sin embargo, eso que en principio puede parecer un acto inocente y rutinario puede generar muchos problemas y consecuencias irreparables. Muchas veces por falta de conocimiento sobre lo que dice la ley respecto a la publicación de imágenes de menores. El abogado Javier Prenafeta, socio del despacho ATIC Abogados y especializado en Derecho Tecnológico, explica cómo actuar ante algunas situaciones y cómo prevenir ciertas actuaciones que pueden acarrear un verdadero quebradero de cabeza.

—Si los padres publican fotos de su hijo a su propio blog ¿otra persona puede reproducir esas imágenes?

—No, porque los niños también tienen derechos de imagen y cualquier uso de la misma requiere autorización de los padres. Aunque la foto esté en un espacio no público (blog con resctricciones de acceso o perfiles cerrados de Facebook), las imágenes son datos de carácter personal y difundirlas es una cesión de datos que requiere autorización. De todas formas, es recomendable advertir en el blog que terceros no pueden reproducir las imágenes.

—Si en la imagen que se quiere publicar aparecen amigos del niño ¿hay que pedir permiso a sus padres?

Sí, habría que pedir permiso a los padres de ese chico. Y si no lo dan, difuminar la cara para que no sean reconocible, o incluso eliminarle de la imagen.

«Hay que pedir autorización para publicar fotos de menores que juegan en un parque»

—Es un terreno delicado. La Ley de protección al honor, intimidad y propia imagen indica como excepción que se puede fotografiar a personas con motivo de un suceso, noticia... Por ejemplo, la foto de un concierto, donde salen personas concretas pero lo importante es el hecho en sí. En el caso de menores hay que tener cuidado. Entiendo que el criterio debería ser el mismo. En fotos que se vea a los niños de lejos, es difícil identificarlos. Si están de cerca y se les puede identificar, hay que pedir autorización.

—¿Se puede denunciar a quien reproduzca las fotos de un niño en redes sociales, aunque las haya publicado el propio padre con anterioridad?

—Sí se puede denunciar. Aunque hayamos puesto una imagen en una red social, eso no implica que autoricemos el uso por un tercero y menos un uso de la foto fuera de la red social o página donde la hayamos publicado.

—¿Cuál es la mejor forma de publicar la imagen de los hijos en una cuenta de Facebook, o de otra red social?

—Los padres deben hablar de ello antes de hacerlo y llegar a un acuerdo conjunto sobre qué tipo de fotos y dónde publicarlas. Ambos deben consentirlo, pero si uno de ellos lo hace y el otro no se opone (teniendo conocimiento de la publicación), se entiende que lo consiente de forma tácita.

Las imágenes del cole

—¿El colegio de los hijos siempre debe pedir consentimiento para publicar imágenes de ellos?

—Sí, con carácter general en todo tipo de situaciones. La autorización deben darla los padres hasta que el hijo cumpla 14 años. Para evitar cualquier riesgo, lo recomendable es que el colegio dirija una circular a los padres a principio de curso pidiendo esa autorización, indicar todas las situaciones que se pueden dar (salidas, campamentos, fiestas, extraescolares...) y dónde se van a publicar las fotos. La circular se debe devolver al colegio firmada por los padres.

—¿Y si son mayores de 14 años?

—La ley de Protección de Datos de Carácter Personal establece que el chico mayor de 14 años puede decidir sobre el uso de su imagen. Se entiende que el menor reúne la madurez suficiente para tomar esa decisión. Por tanto los colegios deben preguntárselo al chico si quiere salir en el anuario o blog del centro.

Sin embargo, si ese chico sube la foto de otro menor causándole un perjuicio, la responsabilidad civil es de los padres, es decir, lo progenitores responden si hay una denuncia y pagarán la indemnización correspondiente, si es que el juez así lo dicta. Por ejemplo, es un perjuicio para un menor si éste aparece en una imagen bebiendo alcohol, ebrio, fumando, en situación humillante, acosado...

—¿Cuál es el mayor peligro para hijos cuando se publican sus fotos en la Red?

—Me preocuparía más sobre la información que la imagen ofrezca de la vida familiar que por el uso que se pueda hacer de esa fotografía. Hay que preocuparse por los datos que se dan de la vida privada del niño: su estatus social, el entorno donde se mueve, el trabajo de los padres, si están de viaje...

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