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«La objeción al aborto no la concedo yo, un Colegio o un juez; sino la Constitución»

A la espera de un fallo que entre en el fondo del asunto, el responsable sanitario defiende el Registro de Objetores tras un auto judicial que anula disposiciones del Sescam y la Consejería

EFE

MARÍA JOSÉ MUÑOZ

En Castilla-La Mancha sólo se realizan abortos en centros privados concertados con la Administración regional. Todos los médicos que trabajan en hospitales públicos ejercen objeción de conciencia para no tener que realizar este tipo de intervenciones. Hablamos con el consejero de Sanidad sobre todo lo relacionado con este asunto, y sobre la polémica originada tras un auto del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la región que ha dictado medidas cautelares contra algunas disposiciones de la Consejería de Salud, pero que mantiene el Registro de Objetores creado sólo en esta región.

—¿Es un hecho que una mujer no puede abortar en un hospital público de la región?

—Eso es un hecho en toda España, también en Castilla-La Mancha. En España, el 98% de los 15.812 abortos practicados se hacen en clínicas concertadas. Sólo un 2% de interrupciones voluntarias del embarazo, las de gran complejidad, en patologías de alto riego, se hacen en centros públicos, en Madrid.

—Como profesional y gestor de la sanidad, ¿entiende por qué no se hacen abortos en la sanidad pública?

—Eso yo lo viví porque en el año 1987, cuando se puso en marcha la Ley que despenalizaba el aborto en tres supuestos, yo era director del Insalud de Madrid, y en ese momento hubo una gran polémica social, un gran debate. De eso hace 23 años. Hablamos con todos los profesionales y la mayoría plantearon su objeción de conciencia. En toda España ocurrió lo mismo y solamente en algún centro, en los hospitales de Leganés y de Móstoles, los equipos de Ginecología aceptaron hacer abortos.

—¿Qué solución se barajó entonces?

—Se planteó en aquel momento la posibilidad de contratar médicos para que pudieran incorporarse a esos equipos. Ese médico, al ser contratado, manifestaba que no iba a plantear objeción de conciencia, pero al mes de ser contratado, manifestaba que sí, pese a que en el contrato había manifestado no ser objetor. Y cuando eso se planteaba ante el tribunal correspondiente, siempre daba la razón al profesional.

—¿Los médicos que realizan abortos en las clínicas privadas no trabajan nunca en la sanidad pública?

—En lo que yo tengo conocimiento, en Castilla-La Mancha, no.

Situación inaceptable

—Entonces, ¿es falsa esa acusación genérica que se hace a los médicos objetores de que no realizan abortos en la sanidad pública, y sin embargo sí los hacen en la privada?

—Yo, desde luego, esa afirmación no la conozco pero, si se hace, no es correcta y, en todo caso, si alguien conoce esa situación, lo que puede hacer es denunciarla para que sea corregida. Esa situación no es aceptable, en ningún caso.

—Que la mayoría de los médicos de un servicio de salud público sean objetores al aborto, ¿ofrece un reflejo bueno de la sociedad?

—Creo que es un tema muy complejo desde el punto de vista de percepción social y de valores de cada persona. Entiendo que ha ido cambiando en estos 23 últimos años este debate, que fue muy agrio, con muchos médicos que practicaban abortos y que tenían que ir a los tribunales. Ahora es distinto, pero sigue sin haber una sensación de tranquilidad. Fijémonos en que solamente el hecho de que en Castilla-La Mancha hayamos introducido un Registro para que el médico pueda manifestar esa objeción, ha generado una cierta polémica.

—¿Para qué sirve exactamente el Registro que ha creado la Junta?

—En la práctica, la modificación de la Ley del aborto que se ha hecho este año lo que añade —y que no estaba antes— es que los profesionales directamente implicados en la práctica de la interrupción voluntaria de embarazos que quieran hacer objeción de conciencia, lo tienen que manifestar previamente y por escrito. Lo que hemos hecho en Castilla-La Mancha es, a la luz de esa Ley, es que si un médico manifiesta que tiene la intención de objetar, lo escribe y el gerente del hospital debe recoger esa declaración. Y al guardarla, debe hacerlo con la confidencialidad que es debida por la garantía de Protección de Datos. Eso es lo que se llama Registro, y es lo que hemos hecho.

—Pero eso no se publica en ningún caso, ¿no?

—Claro que no, es confidencial. Precisamente el Registro se hace para garantizar la confidencialidad y que no sea un dato que maneje un gerente libremente.

—¿No sería más efectivo que las mujeres que desearan abortar supieran qué médicos ralizan estas prácticas, un dato que sí sería público?

—Eso, de alguna manera, es lo que está funcionando. En Castilla-La Mancha tenemos las clínicas concertadas y otras de fuera de la región, adonde se deriva a las mujeres.

—El TSJ ha dictado un auto que adopta medidas cautelares sobre dos disposiciones de su Consejería, pero usted ha dicho que previamente llegó a un acuerdo con el Consejo regional de Médicos antes de que el Colegio de Toledo llevara este tema a los tribunales. ¿Se esperaba usted este tipo de fallo judicial?

—Se publica la Ley nacional y nosotros nos aplicamos a desarrollarla con exactitud y con arreglo al mandato legal, y la interpretación que hacemos en la Consejería es que para que se pueda recibir esa declaración de objeción del profesional hay que establecer ese Registro porque entendemos que es la manera de garantizar esa confidencialidad. Pero no se obliga a ningún profesional a que haga esa declaración; si quiere, no la hace.

—Pero ustedes hacen una variación sobre la Ley nacional en cuanto al tipo de profesionales relacionados con la práctica de abortos.

—La Ley general se refiere a todos los profesionales directamente implicados en un aborto, y nosotros decimos quiénes son: el ginecólogo, el anestesista, el enfermero y la matrona. Es entonces cuando algún médico de Atención Primaria, algún psiquiatra, algún psicólogo, nos dicen que ellos también quieren manifestar su voluntad de objetar. Y yo digo: pues me parece bien.

—Pero, en un principio, los médicos de Atención Primaria no podían objetar, según una nota interior del Sescam.

—Claro, entonces hacemos una primera reflexión, nos parece bien y le decimos a los colegios profesionales que nos han llegado esas propuestas de algunos médicos. Entretanto, el Colegio de de Toledo hace ese recurso doble, al propio Registro...

—Y a la limitación de la objeción.

—En el debate que ha surgido hay una conclusión: la objeción no la determina ni el gerente ni el consejero, la determina la Constitución, las sentencias del Constitucional...

—En cualquier caso, usted dijo que veía razonable el auto del TSJ.

—Sí, veo razonable que el tribunal no suspenda el Registro porque si un profesional quiere manifestar su objeción por escrito, se le recoge esa manifestación y un Registro parece razonable. El auto judicial es una consideración, no entra todavía al fondo del asunto, pero no suspende el Registro, que no quiere decir que luego no lo suspenda más adelante. Por otro lado, el auto del TSJ sí suspende esa limitación que introdujimos nosotros en Castilla-La Mancha para definir quiénes son los profesionales directamente implicados en el aborto. Lo que no dice la ley general, no lo diga usted: me parece razonable.

—¿Cuál es el papel de un médico de familia con una mujer que quiere abortar?

—Los profesionales, normalmente, acogen a la mujer, la escuchan y la pueden orientar. Cuando hay cualquier duda, puede haber un trabajador social en el centro que puede también dar alguna orientación. En este sentido, esto ha ido funcionando con absoluta normalidad durante 23 años; los profesionales son gente muy normal y atienden a las personas razonablemente. Si hay una persona que, por sus principios o convicciones religiosas, entiende que no puede informar a la mujer de las técnicas de anticoncepción o de interrupción del embarazo, se lo dirá; incluso le intentará explicar que no lo debe hacer...y cada médico actúa según sus convicciones.

La novedad

—¿Son muchos los médicos de Primaria que manifiestan su objeción?

—Son pocos porque en estos 23 años yo no he tenido ni una sola reclamación. La novedad es que con la nueva Ley se dice que, si quiere objetar, que lo haga por escrito y con antelación.

—¿La Ley general dice que los médicos de Primaria no pueden objetar?

—La ley general no lo dice; fue una interpretación nuestra en la Orden que hicimos, que interpretó con buena voluntad. Pero en cuanto un médico a mí me dijo que entendía que él también podía manifestar su voluntad de objeción, pues pensé que había que recoger esa manifestación, que no quiere decir que yo le autorice a objetar. Yo no tengo esa capacidad, esa sólo se la da la Constitución. El consejero es muy poca cosa para decir quién puede objetar o no.

—Hasta ahora, ¿cuántos médicos de Castilla-La Mancha han dicho que son objetores?

—Hasta ahora, unos 340 o 350 sanitarios, de distintas profesiones.

—¿El porcentaje más numeroso es de ginecólogos o de médicos de Atención Primaria?

—Hasta ahora, esas 350 manifestaciones son de las cuatro profesiones que contemplaba la Orden: ginecólogos, matronas, enfermeros y anestesistas. A partir del auto del TSJ, al quitarse esa limitación, esperamos que lleguen también de Atención Primaria.

Nuevas críticas

—¿Y qué siente al ver que ahora diversos coletivos, como CC.OO., o el Defensor del Paciente, les critican por todo lo contrario que la Consejería de Salud hizo en un principio?

—Hay mucha confusión en la información que se está facilitando porque el Colegio de Médicos de Toledo dice que ha conseguido que se ponga la objeción de conciencia, y eso es algo que ni la pone ni la quita el Colegio, ni el auto del TSJ, sino la Constitución, que es la que da derecho a la objeción de conciencia. El problema aparece cuando se legisla que la objeción debe hacerse por escrito y por anticipado, y luego, en el Registro nuestro. Entonces, el Colegio de Médicos de Toledo sale diciendo que eso es una lista negra, que lo vamos a utilizar para hacer daño, etc. Y cuando se le manifiesta a los colegios de médicos, también al de Toledo, que vamos a atender cualquier declaración —porque no había en ese sentido ninguna voluntad de alterar la Ley nacional— se siguen haciendo manifestaciones que yo entiendo desafortunadas. Y eso crea confusión.

—¿Se siente usted mal por haber tenido que rectificar?

—No tengo ningún problema, incluso si el juez dijera que el Registro no hace falta, también estaría encantado de rectificar porque ha sido una decisión de desarrollar una normativa nacional con el asesoramiento jurídico de la Consejería, no es que lo diga el consejero. El auto no le ha dado la razón al Colegio de Toledo en lo fundamental porque el Registro sigue vigente; los médicos de Toledo tampoco le dan la razón puesto que se han inscrito en el Registro, y por lo tanto entienden que hay una seguridad jurídica razonable. En todo caso, la Ley se va a seguir cumpliendo con garantías para las mujeres y los profesionales.

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