gran canaRIA
Las obras de un consultorio de Guía se quedan sin terminar
Sanidad rescinde el contrato a la empresa tras comprobar que seguían paralizadas desde febrero de 2012
m. ramos
La Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias ha decidido rescindir el contrato a la empresa Gestión Insular Umiaya S.L. que, desde mayo de 2011, construía el Consultorio Local de Casas de Aguilar , en el municipio grancanario de Santa María de ... Guía, y que llevaban paralizadas desde febrero del 2012.
Ahora bien, un informe del Consejo Consultivo concluye que, si bien la propuesta de resolución para finiquitar el contrato es conforme a derecho, considera que no procede la incautación de la fianza depositada por el contratista, puesto que «hubo consentimiento por parte de la Administración de tal incumplimiento».
«Desde el mes de febrero de 2012, se había acreditado que no cumplía con el plan de obra , ni con los plazos parciales, sin que se adoptara penalidad o actuación alguna, de conformidad con el Pliego y la Ley, de modo que hubo consentimiento por parte de la Administración de tal incumplimiento», argumenta en su dictamen.
El órgano consultivo razona que «el contratista, ciertamente, incumplió los plazos parciales, consentido por la Administración. Es más, consta que con anterioridad el contratista había abandonado la obra , lo que hubiera motivado per se la resolución del contrato, salvo que aduce la modificación del contrato».
Esta obra se remonta a mayo de 2011 cuando la mencionada empresa resultó adjudicataria del concurso para levantar el consultorio, por un importe de 469.051,52 euros . El contrato se firma el 13 de mayo de 2011, al que se anexa una serie de mejoras propuestas por el contratista por valor de 57.639,62 euros.
Inicialmente, su plazo de finalización se fijó para el 18 de mayo de 2012 y el contratista consignó una fianza definitiva de 18.762,06 euros. El 14 de marzo de 2012 dicho contratista presenta un escrito ante el Servicio de Infraestructura comunicando que la obra se «encuentra paralizada desde el pasado mes de febrero (...) debido a modificaciones introducidas en el proyecto y hasta tanto no se apruebe el reformado que contemple los citados cambios» y solicita una prórroga del plazo de ejecución.
Cerrada y sin personal
La dirección facultativa de la obra presenta otro escrito el mismo día, con recepción el día 15, donde manifiesta que se ha presentado en la obra «entre los días 2 y 12 de marzo de 2012» y que las ha encontrado «cerradas y sin personal y sin la posibilidad de acceso alguno, y sin ningún interlocutor de la empresa adjudicataria al que poderse dirigir».
El 21 de marzo, la Secretaría General redacta otro escrito en el que requiere al contratista que prosiga con la ejecución de las obras y, entre otras cuestiones, explique el motivo de «la paralización desde febrero».
Finalmente, se aprueba la ampliación del plazo del contrato hasta el 2 de julio de 2012, pero el contratista presenta un escrito ese mismo día pidiendo ampliar el plazo en tres meses y medio más debido a que «la situación general del sector de la construcción ha provocado el desabastecimiento de una gran cantidad de materiales en las Islas», solicitud que acaba desestimándose y que, a la vista de la efectiva paralización de las obras, se inicia el procedimiento para resolver el contrato, el 14 de enero de 2013.
La resolución establece como saldo pertinente en contra del contratista la cantidad 18.445,09 euros, a la que éste se opuso en base a la crisis económica y en el cambio del modo de certificar por parte del SCS.
La crisis no es «novedad»
"Respecto de la crisis económica, sus efectos en cierta forma son imputables al contratista por ser consecuencia de su gestión no previsora cuando presentó su oferta , cuyo importe a la baja influyó en su adjudicación. En este caso la crisis no era una novedad, era una realidad de la que partían todos los licitadores, que conocían las dificultades de obtener los suministros (o créditos) en el tiempo preciso para su aplicación a la obra. Este contrato fue licitado en el año 2011, es decir, varios años después de haberse iniciado la crisis económica, y por tanto, debió ser tenida en cuenta esta situación a la hora de realizar la oferta que finalmente fue adjudicada", aclara de forma sucinta el dictamen.
El Consultivo aprecia, en consecuencia, que el incumplimiento del plazo final constituye "un verdadero incumplimiento de las obligaciones contractuales por parte del contratista y no de un mero incumplimiento del plazo". Es decir, " hay culpa del contratista ", dado que "las obras no se van a terminar al estar abandonadas", razona.
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