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La etarra Aranalde aprovecha el error de Velasco para huir y Garzón ordena detenerla

La Policía constató su fuga el lunes por la tarde, cuando los agentes fueron a comunicarle su ingreso en prisión

La de Maite Aranalde es la crónica de una huida anunciada. En realidad lo era desde el momento en que quedó en libertad, el pasado jueves, en la prisión de Soto del Real tras pagar la fianza de 12.000 euros que le había impuesto el juez Eloy Velasco, sustituto de Baltasar Garzón en este trance. Ayer, este último se vio obligado a dictar una orden de busca y captura internacional contra la terrorista después de que la Policía constatara su huida cuando acudió a su domicilio de Ibarra (Guipúzcoa) para notificarle el auto de revocación de su libertad.

Y es que el lunes, nada más aterrizar en su Juzgado, una de las primeras medidas que había tomado Garzón, legítimo instructor de la causa que justificó la entrega de la etarra (por tenencia de armas con fines terroristas), fue la de admitir el recurso de la Fiscalía contra su libertad y ordenar su ingreso en prisión incondicional con la consiguiente devolución de la fianza prestada.

No era la primera vez que el Ministerio Público había solicitado esta medida. Lo hizo el pasado miércoles, cuando Aranalde pasó a disposición judicial tras pisar suelo español. Ya entonces la fiscal Susana Landeras advirtió al juez Eloy Velasco que la imposición de una fianza no reducía el riesgo de fuga de la etarra y le recordó que Aranalde estaba reclamada por delitos terroristas por mucho que la justicia francesa se hubiera «olvidado» de cumplimentar la documentación relativa a la segunda de las órdenes de entrega (por estragos terroristas), en relación con su participación en la cadena de atentados en gasolineras que sembró el pánico en Madrid en el Puente de la Constitución de 2004.

Absolución del compañero

Pero más allá del error de la justicia francesa (al día siguiente se supo que no se trataba de un olvido, sino de algo peor: el Tribunal de Apelación de París había traspapelado esa segunda solicitud de entrega), Velasco había justificado la prisión eludible con fianza en que este mecanismo garantizaba de forma suficiente la permanencia de Aranalde en territorio español. A la vez, el juez valoró los indicios de criminalidad contra la terrorista basándose en la existencia de una sentencia absolutoria de la Audiencia Nacional (de fecha 23 de abril de 2007) contra su compañero Iker Olabarrieta.

Esta valoración de la prueba dictada en sentencia contra otro etarra no sólo mereció a Velasco un reproche por parte de la Fiscalía, en el recurso que presentó el jueves contra el auto de libertad dictado por este juez (después de que la etarra abonara la fianza), sino también del propio Garzón. Así, en el auto de revocación de la libertad del lunes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional (Garzón) asegura: «El hecho de que exista una sentencia absolutoria contra Olabarrieta (...) no puede determinar la certeza o presunción de que la procesada Aranalde vaya a correr la misma suerte». Y prosigue: «En este momento procesal el juez debe velar exclusivamente por que la procesada no se sustraiga a la acción de la justicia, riesgo que, en este caso, sólo se concita con la prisión provisional incondicional de la misma».

En este sentido, el instructor recuerda que la terrorista ya había huido anteriormente de España; que fue detenida y entregada por las autoridades francesas, y, sobre todo, que pertenece a la organización terrorista ETA, por lo que «hay una posibilidad más que probable de que, si está en libertad, en cualquier momento pueda volver a la actividad en el seno de la misma, a la que no ha renunciado ni expresa ni tácitamente». Añade que «el grado de riesgo tanto objetivo como subjetivo de sustracción a la acción de la justicia es más elevado, teniendo en cuenta que la entrega de la procesada (condenada en Francia por asociación de malhechores, el equivalente al delito de pertenencia a organización terrorista) no ha sido voluntaria».

En definitiva, horas antes de la fuga de Aranalde, Garzón constataba que se cumplían «todos los requisitos exigidos por el Tribunal Constitucional para que su prisión» lo fuera «con carácter incondicional y no sujeta a fianza».

E xtremar la vigilancia

En el caso de que el juez no hubiera aceptado el recurso contra la libertad, la Fiscalía había solicitado que, como mal menor, se endureciesen las medidas acordadas en ese auto de libertad, de forma que se extremara la vigilancia policial sobre la terrorista y que las comparecencias semanales impuestas por Velasco fueran mejor diarias.

Por apenas unas horas, la Justicia otra vez llegaba tarde y la Comisaría General de Información confirmaba ayer al magistrado las peores sospechas: Aranalde había aprovechado su libertad condicional para huir.

La noticia cayó como un jarro de agua fría en las víctimas del terrorismo, que pidieron reformas legales «para que los miembros de ETA no aprovechen los resquicios del Estado de Derecho».

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