¿Cómo evitar las multas por errores en el seguro?
Si no acreditamos que el coche está asegurado correctamente la administración puede hasta llevar el vehículo a la chatarra

Cerca de un millón de vehículos circulan por las carreteras españolas sin asegurar, según las estimaciones de Automovilistas Europeos Asociados. Esto ha supuesto que, desde el año 1991 hasta 2012 se hayan registrado 305.042 siniestros de vehículos carentes de seguro, y que el Consorcio de Compensación de Seguros haya tenido que desembolsar 1.468.856 millones de euros.
Se trata de un dinero «que pagamos todos nosotros», nos cuenta Mario Arnaldo, presidente de AEA , porque «del importe de cada una de nuestras pólizas una parte se destina al Consorcio».
Son cifras llamativas, pero no menos que las siguientes, porque según el portal seguros.es, cerca de 30.000 conductores fueron multados en el mes de agosto por errores en los datos del seguro de su automóvil. Es decir, que el conductor sí tiene suscrita una póliza, ha pagado el recibo, pero por diversos motivos esta no consta en la administración.
Este error puede ser debido a varios motivos. Que los datos que figuran en la póliza tienen alguna incorrección (D.N.I., matrícula, apellido, etc), pero también a retrasos o errores entre las aseguradoras y el fichero FIVA (fichero de vehículos asegurados) .
Un poco de historia
Para explicar qué es el fichero tenemos que remontarnos al año 1995, momento en el que se procede a modificar en España la Ley de Seguros para adaptarla a la normativa comunitaria. En ese momento se estudian otros modelos existentes en Europa, como el francés, que contemplaba la implantación de una pegatina, similar a la de la ITV, para poder comprobar que un vehículo estaba asegurado.
Este modelo se descarta, según nos cuenta Mario Arnaldo, porque «es primitivo y obsoleto», y se opta por la creación de un fichero de vehículos asegurados. Es así como se crea el FIVA, un sistema al cual «diariamente, todas las compañías de seguros tienen que reportar su censo de vehículos asegurados».
Se trata de un sistema más evolucionado y que además, según Arnaldo, «hace innecesario el uso de lectores de matrículas en las carreteras, porque la administración tiene acceso a este fichero y por lo tanto fácilmente puede comprobar si un vehículo está o no asegurado».
Es más, una parte de la tasa que pagamos cada vez que pasamos la ITV se destina a tráfico, para que los datos de nuestro vehículo (incluido el pago del seguro obligatorio) sean registrados en la DGT. Pero desde AEA reconocen que «los datos no están ni mucho menos actualizados, por lo que nos podemos preguntar que ¿quién se ha quedado con esa tasa que nos han estado cobrando?».
Bases de datos no actualizadas
La no actualización de estos datos puede ser uno de los motivos que ha llevado a esas más de 30.000 multas durante en mes de agosto. Es más, desde seguros.es estiman que estas sanciones afectan a uno de cada mil vehículos con el seguro en regla. Y el importe de la multa, dependiendo del tiempo en que el coche lleva «oficialmente» sin seguro, y del tipo de vehículo, puede oscilar entre los 600 y los 3.000 euros.
La ahora es, si nosotros tenemos nuestra póliza y hemos pagado religiosamente el recibo, ¿por qué nos multan?.
Una gran parte de estos errores se deben a la mala comunicación de los datos, desde que salen de la compañía aseguradora hasta que llegan (o no) a la DGT , y por lo tanto a los agentes que están en las carreteras vigilando el tráfico.
En primer lugar, nos recuerda Mario Arnaldo, «las compañías tienen la obligación de comunicar todos los días su censo de asegurados», pero en algunas ocasiones esta comunicación no se realiza hasta que la póliza es oficial. Es decir, que no se traspasan los datos al FIVA durante los días de gracia, desde que recibimos la propuesta de seguro y transcurren 15 días para que esta entre en vigor. En este caso, la Ley de Seguros contempla la total legalidad de circular con la propuesta de aceptación de seguro, por lo que si este es el motivo de la sanción, presentando la documentación oportuna, finalmente la multa no se hace efectiva.
Otro de los errores, según denuncian desde automovilistas Europeos Asociados, es que la administración no dispone de los ficheros actualizados, y por lo tanto, los gentes en la carretera solo tienen un soporte que puede contener «los datos de hace más de 15 días». El fichero FIVA tiene presunción de veracidad, pero de nuevo «presentando la documentación, la sanción no va a hacerse efectiva».
Un problema que puede surgir es cuando se realiza una operación de compra venta. Mario Arnaldo nos pone un ejemplo: «Nos han vendido un coche de segunda mano, con el seguro en vigor, por ejemplo, hasta noviembre, y nos dan el recibo conforme el seguro obligatorio se ha pagado. Pero al mismo tiempo, el vendedor se compra un coche nuevo, va a su aseguradora, y esta le hace el seguro nuevo, pero como ampliación del coche que ha vendido». En este caso nos podemos encontrar con una duplicidad de datos en el FIVA, al figurar dos coches asegurados con la misma póliza, o que al entrar en vigor la ampliación del seguro del coche nuevo, automáticamente se borre del fichero de vehículos asegurados el de segunda mano que nosotros hemos comprado.
Otra de las posibilidades es la existencia de errores tipográficos. Que no coincida el DNI, que «baile» alguno de los números de la matrícula o bastidor. También en este caso, para que la multa no se haga efectiva, debemos de aportar toda la documentación necesaria para demostrar que se ha producido un error, tanto por parte de la compañía o por parte del asegurado.
Sea como sea, pongámonos en situación. Nos han parado en un control de tráfico y nos han sancionado porque en el fichero FIVA figura que nuestro vehículo no está asegurado.
¿Qué podemos hacer?
Según Elena Grande, responsable del Departamento jurídico de Dvuelta , las multas impuestas por errores en el seguro obligatorio son recurribles « siempre que estén en plazo para poder hacerlo. Es más, este tipo de multas se “quitan” únicamente si se alega que ha existido un error y se acredita este hecho aportando documentación al efecto».
En la mayoría de los casos tendremos que acudir a la Jefatura de Tráfico, que es el órgano que tramita este tipo de denuncias.
De todas formas, no todas se recurren del mismo modo, ya que «no es lo mismo no estar asegurado, que exista un error, que luego quede acreditado con documentación de la propia aseguradora, de ser así, normalmente alegando el error y la documentación respectiva se suele sobreseer el expediente», nos cuenta Elena Grande desde Dvuelta .
En caso de accidente, si existen errores en el seguro y a lo largo del procedimiento judicial se aclara la existencia de los mismos y se subsanan «no tiene por qué haber problema pues lo importante es acreditar que el vehículo estaba asegurado conforme a la ley en el momento del accidente».
Al margen de los problemas por la falta de actualización del FIVA, lo que sí recomiendan, tanto desde Dvuelta como desde AEA es prestar mucha atención en el momento de la firma de la póliza y leer todo muy bien, sobre todo nuestros datos, fechas, matrículas y marcas de vehículo, ya que «al ser datos nuestros, muchas veces no los revisamos bien».
Y una última recomendación o llamada de atención que nos hace Mario Arnaldo, ya que «debido a la crisis actual cada vez es más frecuente encontrarnos con coches aparcados en la calle, que no movemos, y por lo tanto, pensamos que tampoco tenemos que pagar su seguro obligatorio».
Pues bien, este es un error muy grave, porque cualquier vehículo estacionado en la vía pública está obligado a tener suscrita una póliza de seguro obligatorio. Las consecuencias si no lo hacemos pueden ser importantes, ya que «la administración puede inmovilizar el coche y precintarlo». Y si en un plazo determinado no acreditamos o pagamos la correspondiente póliza de seguro obligatorio, pueden llevárselo para hacer chatarra.
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