TSXG no aplica retroactivamente la ley del 'sí es sí' a una condena por una violación en Lugo porque aumentaría la pena
Los magistrados recuerdan que proceder así sería anticonstitucional por lo que no altera el resultado de una sentencia de la Audiencia Provincial que le impuso ocho años y 11 meses de cárcel
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El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha rechazado aplicar de manera retroactiva la ley del 'solo sí es sí' porque, de hacerlo, aumentaría en un año la pena de prisión que la Audiencia Provincial de Lugo ya había impuesto a un hombre por violar a su mujer en el año 2019.
Entre otros delitos, la Audiencia lo había condenado en junio de 2022 a seis años de cárcel por el delito de agresión sexual. Sin embargo, el alto tribunal gallego, al revisar el recurso de apelación que presentó pidiendo una rebaja de la pena en base a la nueva ley, señaló que, en todo caso, habría que aumentársela a siete años porque uno de los nuevos agravantes que introduce la reforma del Código Penal es que víctima y acusado mantengan relación matrimonial o análoga relación de afectividad.
En este contexto, los magistrados del TSXG destacan que no puede incrementar la pena a unos hechos cometidos en 2019 «porque proceder de esa manera sería inconstitucional al aplicar retroactivamente una disposición sancionadora no favorable«, al contrario de lo que ocurre en los casos en los que la condena se rebaja, según informó ayer el TSXG.
El tribunal desestima el recurso del condenado y mantiene íntegramente la pena de ocho años y 11 meses de prisión que le había impuesto la Audiencia Provincial: seis años por agresión sexual, un año y 11 meses por coacciones, siete meses por maltrato habitual y otros seis meses por maltrato familiar. Asimismo, cuando el hombre, de nacionalidad marroquí, cumpla la mitad de la pena, se procederá a la expulsión del territorio nacional.
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