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La Audiencia Provincial cree que la instrucción de Nóos está siendo «ya dilatada en exceso»

La Sala ha dictado un auto en el que señala que el Frente Cívico Somos Mayoría, promovido por Julio Anguita, deberá actuar de manera conjunta con Manos Limpias en esta causa judicial

La Audiencia Provincial cree que la instrucción de Nóos está siendo «ya dilatada en exceso» afp

PABLO MUÑOZ / JOSEP MARIA AGUILÓ

Las dos entidades personadas en el caso Nóos como acusación popular, Manos Limpias y el Frente Cívico Somos Mayoría (FCSM), deberán litigar juntas y bajo una misma representación procesal en esta causa. Así lo ha decidido la Audiencia Provincial de Palma en un auto dictado este martes, en el que la Sala estima el recurso de apelación presentado por el fiscal Anticorrupción Pedro Horrach contra un auto previo del instructor del caso Nóos, José Castro, que rechazaba la petición hecha por el Ministerio Público en ese sentido. La Audiencia también ha decidido, por tanto, revocar el citado auto del juez. Esta resolución es firme y contra ella no cabe la presentación de recurso alguno.

En su auto, la Sala también considera que el caso Nóos está siendo una causa «ya dilatada en exceso», por lo que sería «recomendable» que su instrucción «fuera ya concluyendo para dar paso a la fase intermedia».

La petición de Horrach a Castro con respecto a la entidad promovida por Julio Anguita había sido hecha «a efectos de racionalizar y ordenar el proceso», ya que el sindicato Manos Limpias está personado en el caso desde su inicio, mientras que el Frente Cívico se había sumado al mismo a principios de este año. En este sentido, el Ministerio Público recordaba que el artículo 113 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal permite una opción como la que Horrach planteaba, «toda vez que la actuación separada de las acusaciones derivaría en una más que previsible grave demora en la tramitación de la causa».

El propósito de Anticorrupción era evitar que «en procedimientos como éste, en que el número de acusaciones populares no deja de crecer, se ocasionen dilaciones indebidas que perviertan el objetivo que precisamente debe animar a dichas acusaciones: que se imparta justicia».

Para Horrach, existe una «unidad de intereses y de posición estratégica procesal» por parte de Somos Mayoría y de Manos Limpias, así como «una completa identidad en lo que a los hechos presuntamente delictivos y presuntos responsables se refiere», más allá de cuáles puedan ser las razones de cada una de estas dos entidades.

El juez instructor consideraba, en cambio, que para que pudiera ser de aplicación el citado artículo 113 debía haber entre ambas asociaciones no sólo convergencia de intereses, sino también puntos de vista coincidentes, situación que a juicio de Castro no se daba en este caso concreto. Finalmente, la Audiencia Provincial ha estimado los argumentos expuestos por Horrach.

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