Caso de los ERE
El exgerente de Faecta en Córdoba declara ante la juez Alaya
La magistrada le imputa delitos de prevaricación o fraude por una ayuda de la Junta

La juez que investiga el caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) irregulares vinculados a la Junta, Mercedes Alaya, ha realizado hoy una ronda de declaraciones entre los nuevos imputados por este fraude. Entre ellos, han comparecido el que fue gerente de Faecta en Córdoba, Francisco Moyano, y Santiago Romero e Inocencio Estévez, que fueron incluidos en el ERE de Matadero de Fuente Obejuna años después de haber extinguido su relación laboral con la empresa. Todos ellos se han negado a declarar, al igual que el exdirigente sindical.
En el caso del exgerente de Faecta, la juez le ha imputado delitos de prevaricación, malversación, falsedad en documento oficial y fraude de subvenciones. La juez considera que, en virtud de un convenio de colaboración firmado en 2001, cuando Moyano era gerente de la federación de cooperativas, por el director general de Trabajo, Francisco Javier Guerrero, Faecta «recibiría una subvención por importe de 120.000 euros para la puesta en marcha de un plan de viabilidad que posibilitara la reinserción de 39 extrabajadores de la extinta empresa» Azahara Textil de Córdoba al sector de la automoción.
«A pesar de que Faecta fue la beneficiaria última de la subvención concedida, no realizó solicitud alguna y el plan de viabilidad sería supuestamente realizado por Gestifesa, y se dice supuestamente porque dicho estudio no ha sido localizado por la Administración», pero a pesar de ello el coste del mismo, ascendente a 34.810 euros, «serían abonados por la Junta».
De hecho, y en relación al convenio de colaboración, la juez señala que el consejero de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo resolvió en febrero de 2013 que «no procede la declaración de nulidad del mismo, a pesar de señalar que la ayuda fue concedida al margen de los requisitos legalmente establecidos, por considerar que Faecta no fue la auténtica beneficiaria de la ayuda, cuando lo que se desprende de las actuaciones es que los 120.000 euros fueron ingresados en la cuenta de esta federación, que debería haber acreditado cumplir todos los requisitos para gestionar los fondos y acreditar fehacientemente el destino dado a los mismos».
Alayaconsidera que «desde un principiono habría intención de ajustarse» al convenio firmado, añadiendo que «la materia finalmente impartida a estos extrabajadores no tendría nada que ver con la adaptación al sector de la automoción de los mismos, quienes tampoco realizarían todos los cursos proyectados, y por el contrario el contenido de los dos cursos ejecutados sería la prevención de riesgos laborales y la gestión de empresas cooperativas, respectivamente».
El entonces gerente de Faecta «participaría indiciariamente» junto con otros responsables de la federación «en la utilización ilegítima de los fondos recibidos, pues la subvención concedida se utilizará para otros fines distintos a los que estaba destinada, así como en la falsaria justificación del destino dado a los 120.000 euros».
Así, Faecta justificó como gastos 2.091 euros por el alquiler de un local para impartir los cursos, cuando en realidad los mismos se realizarían en dependencias cedidas gratuitamente por el Ayuntamiento de Córdoba a tales fines, mientras que, «a pesar de que la duración de los cursos fue de tres meses, el alquiler y las nóminas corresponderían con seis mensualidades». La Fiscalía no ha pedido medida cautelar alguna para el imputado, ya que son «necesarias la práctica de nuevas diligencias de prueba para determinar la participación en los hechos» del encausado, aunque sí ha solicitado dar traslado en concepto de tercero civil responsable a Faecta en cuantía de 42.376 euros, mientras que la acusación que ejerce la Junta ha pedido una fianza civil de 120.000 euros, cantidad que se corresponde con la ayuda directamente percibida.
Intrusos en el ERE del Matadero de Fuente Obejuna
También han comparecido ante la juez Santiago Romero e Inocencio Estévez, que fueron incluidos en la póliza «derivada de la que inicialmente estaba encaminada para cubrir las rentas del colectivo de trabajadores prejubilables del Matadero de Fuente Obejuna», y todo ello a pesar de que en 2003 se le habría reconocido una incapacidad y asignado una pensión no contributiva.
En virtud de dicha póliza, los imputados «tendrían garantizadas unas rentas temporales desde 2007hasta los 75 años con cargo a los fondos públicos andaluces, a pesar de que la percepción de estas rentas era incompatible con la prestación por incapacidad», ascendiendo finalmente la primas abonada por la Junta a 20.413,23 euros, en el caso de Santiago, y de 52.484,54 euros, en el caso de Inocencio.
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