El Supremo arguye que ETA y Batasuna «gestaron Sortu con un plan fraudulento»
El auto que prohíbe la constitución del nuevo disfraz de Batasuna se notificará mañana

La declaración de alto el fuego «permanente» realizada por ETA el pasado 10 de enero y la presentación de Sortu, seis días después, son «fruto de una acción coordinada entre ETA y Batasuna». Es una de las categóricas afirmaciones que contiene el auto, al que ha tenido acceso ABC, con el que la «Sala del 61» del Tribunal Supremo impedirá la inscripción de esta formación en el registro de partidos del Ministerio del Interior y con el que, en consecuencia, prohibirá su participación en las elecciones municipales y autonómicas del 22 de mayo. La resolución fue firmada ayer por los 16 magistrados que integran este Tribunal y se notificará previsiblemente mañana a partir de las doce del mediodía. Ese es el plazo tope con el que cuentan los siete magistrados partidarios de permitir la constitución de Sortu para presentar, de forma unitaria, su voto particular discrepante.
En los fundamentos jurídicos de la resolución, que suma 217 páginas, el ponente, Carlos Lesmes, desmenuza diversos documentos de ETA (especial importancia tienen los incautados a la abogada y miembro de la banda criminal Arantza Zulueta) y de Batasuna. Ese pormenorizado análisis permite al Tribunal llegar a la conclusión de que «Sortu ha sido gestada por ETA» y es «la concreción, una vez más, de una estrategia fraudulenta puesta en marcha, precisamente, desde la propia ETA en connivencia con la cúpula de Batasuna». en definitiva, que su creación forma parte de un itinerario marcado y controlado por la banda con una única meta: que Batasuna vuelva a las instituciones, una necesidad imperiosa para ETA, que admite haberse visto «extraordinariamente» debilitada como consecuencia de la ilegalización de su «brazo político».
El Tribunal confiere mucha importancia, entre otros, al documento denominado «Proceso Democrático» de ETA, del que dice que es «especialmente sugerente» en la medida en que «anticipa algunos de los movimientos que posteriormente realiza la Izquierda Abertzale, entendida ésta desde luego como Batasuna».
Otro de los documentos de los terroristas que analiza la Sala es el titulado «Criterios para el discurso y la postura que debe adoptar Batasuna ante las acciones de ETA», «un auténtico “manual de instrucciones” sobre la postura a adoptar en relación a la condena de las acciones de ETA por parte de los miembros de Batasuna».
Y es que la condena de la violencia que contienen los estatutos de Sortu tiene para ETA/Batasuna, asegura el Supremo, «un mero sentido instrumental y acomodaticio cuando se trata de alcanzar determinados objetivos políticos». «Por esa razón, ni el rechazo de los atentados contenido en los estatutos ni el realizado públicamente por los dirigentes de Sortu tiene eficacia como prueba del supuesto distanciamiento de la nueva marca política con respecto a ETA.
El Supremo no duda de que entre quienes apoyan Sortu haya personas «desligadas de ETA y Batasuna que, legítimamente y de buena fe, repudien la utilización de la violencia». Pero esa circunstancia pierde todo su «valor» ante la «abundante y contundente prueba» de que Sortu es un producto de ETA. «Estamos, en definitiva, ante una nueva manifestación de enmascaramiento o disfraz del complejo ETA/Batasuna».
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