tribunales
La Fiscalía defiende ante el Supremo que el chivatazo a ETA sirvió al proceso de paz
Rechaza la petición de condenar a los mandos policiales del Faisán por colaboración con la banda terrorista

El fiscal Antonio Barranco ha defendido ante el Supremo que sólo se haya condenado a los mandos policiales del caso Faisán por revelación de secretos y no por colaboración organización terrorista, como solicitaban las acusaciones populares. En su opinión, con el «chivatazo» a ETA que obligó a posponer la desarticulación de una red de extorsión de la banda terrorista, los acusados no sólo no ayudaron a las pretensiones de la banda terrorista, sino que colaboraron con el proceso de paz. Este argumento fue el que utilizó la Audiencia Nacional para absolverles por este delito.
En una vista pública celebrada este martes en el Tribunal Supremo, el Ministerio Público ha avalado las condenas de un año y medio de cárcel que la Audiencia Nacional impuso a Enrique Pamiés y a José María Ballesteros por el soplo que abortó la operación contra esta red de extorsión el 4 de mayo de 2006. El segundo fue quien pasó su propio teléfono al propietario del bar Faisán, Joseba Elosúa, para que Pamiés le advirtiera de su inminente detención. Como consecuencia de la filtración la operación tuvo que realizarse un mes y medio después.
El fiscal, que en su momento sí pidió en la Audiencia Nacional que se condenara al jefe superior de la Policía en el País Vasco y al inspector de Policía por colaboración con ETA, ha señalado que «ni la conducta ni la intencionalidad de los acusados era servir a los intereses de la banda», sino que su conducta iba encaminada precisamente a lo contrario : a acabar con esa actividad y a no frustrar el proceso de paz del Gobierno de Zapatero.
«Sabían que favorecían a ETA»
Por su parte, las acusaciones populares (AVT, DyJ y Partido Popular) han coincidido en señalar que el delito de colaboración con banda armada se consumó cuando se dio el « chivatazo »: «Basta con que se asuma que con esa acción se está favoreciendo a la banda, y ellos sabían que suministrando esa información (advirtiendo a Elosúa de que iba a ser detenido) estaba beneficiando a ETA», ha dicho la letrada de DyJ, Vanessa Santiago.
De la misma forma, el abogado de la AVT, Antonio Guerrero, ha recordado que la jurisprudencia del Supremo solo exige que la conducta en cuestión «sirva a la banda, sin necesidad de ningún otro requisito», como cuál era la intención de lo acusados cuando dieron el «chivatazo».
Noticias relacionadas
Esta funcionalidad es sólo para suscriptores
Suscribete
Esta funcionalidad es sólo para suscriptores
Suscribete