El Gobierno endurece la persecución a las webs piratas y modifica el concepto de copia privada
El Consejo de Ministros ha aprobado el anteproyecto de reforma parcial de la Ley de Propiedad Intelectual, que también aumenta el control sobre las entidades de gestión de derechos de autor
El Consejo de Ministros ha aprobado el anteproyecto de reforma parcial de la Ley de Propiedad Intelectual (LPI) que incluye medidas para perseguir con más eficacia las páginas web de descarga ilegal , así como un reforzamiento del control y la capacidad sancionadora de la Administración sobre las entidades de gestión de derechos de autor .
El ministro de Cultura, José Ignacio Wert , ha asegurado en la tradicional rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que la reforma persigue dos objetivos: asegurar una «mayor transparencia» en las entidades de gestión y la necesidad de actuar contra quienes facilitan «a gran escala» la descarga ilegal de contenidos culturales.
El texto, que ahora será sometido a debate de de los sectores afectados y de los organismos consultivos antes de su remisión al Parlamento, previsiblemente después del verano, pretende dar respuesta en materia de lucha contra la piratería al cuestionado funcionamiento de la Comisión de Propiedad Intelectual , transcurrido un año de su entrada en funcionamiento.
El anteproyecto agiliza la identificación de las páginas que facilitan contenidos no permitidos y su persecución internacional mediante edictos electrónicos. A partir de la reforma, la comisión podrá solicitar a una web con contenidos piratas la retirada de catálogos completos de autores, sin tener que hacer la reclamación obra a obra, como ahora.
También se instaura un régimen sancionador para las páginas web piratas, con multas de entre 30.000 y 300.000 euros, y un mecanismo de requerimiento a las teleoperadoras y anunciantes que tengan acuerdos con páginas que faciliten descargas no autorizadas a que cesen esta actividad.
Multa a las entidades del 2% de su recaudación
En cuanto a las entidades de gestión, el Ministerio de Cultura podrá intervenir en aquella que haya cometido irregularidades, imponiéndole una multa que podrá llegar hasta el 2% de su recaudación anual. Asimismo, estas entidades tendrán que hacer públicas en sus páginas web las tarifas y procedimientos de reparto de lo recaudado entre sus socios, tendrán fijados unos principios generales para la fijación de tarifas que impidan precios abusivos, y deberán recibir la autorización de la Administración para la creación de fundaciones o sociedades mercantiles.
Nuevo concepto de copia privada
El anteproyecto incorpora también un nuevo concepto legal de copia privada , como adaptación a la normativa comunitaria. Respecto a la copia privada, el anteproyecto aprobado hoy presenta una nueva redacción del apartado 2 del artículo 31 del texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual por el que «las reproducciones que se realicen en soportes que no sean propiedad del usuario, que no hayan sido adquiridas por compraventa comercial y mediante comunicación pública (a excepción de aquellas de carácter temporal e individuales de obras radiodifundidas que se realicen con el propósito de permitir su visionado o audición en un momento posterior) devienen ilícitas y no podrán ser objeto de compensación equitativa».
Esta última medida es un paso previo a que desaparezca la copia privada y también la partida de cinco millones de euros establecida en los Presupuestos Generales del Estado. Según el anteproyecto, solo serán lícitas aquellas que se copien del televisor de manera temporal y cuando se haga una copia de un soporte original. El resto serán actos ilícitos salvo que sean actos licenciados, como el de comprar una canción en iTunes.
Esta modificación en la normativa convierte a España en uno de los países más restrictivos en el tema de la copia privada, por delante del Reino Unido, que en 2011 cambió su legislación declarando legal la copia privada.
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