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cita anual con hacienda

Los contribuyentes que confirmen ya el borrador recibirán la devolución el jueves

Se suprime la deducción por nacimiento de hijo, se suben los tramos para las rentas más altas y se introduce el impuesto sobre patrimonio para los que superen los 700.000 euros

Los contribuyentes que confirmen ya el borrador recibirán la devolución el jueves EFE

maribel núñez

La Agencia Tributaria quiere hacer este año una campaña de la renta 2011 lo más ágil y rápida posible y para ello ha anunciado que hará las primeras devoluciones ya este jueves para aquellos contribuyentes que confirmen sus borradores en el día de hoy por Internet.

Para confirmar el borrador hay que solicitarlo en la página web de la agencia tributaria ( www.agenciatributaria.es ) adjuntando el NIF, el primer apellido y el resultado de la casilla 620 de la declaración de la renta del año pasado. Después la Agencia Tributaria enviará en segundos el número para acceder al borrador que, una vez que sea confirmado por el contribuyente, dará acceso a la devolución.

En el caso de que sea la primera vez que se presenta la Declaración de la Renta , con lo que se no tiene casilla 620, se deben introducir los 20 dígitos de una cuenta bancaria de la que se sea titular. El plazo para solicitar el borrador acaba el 2 de julio.

Hacienda espera que este año se presenten 19,1 millones de declaraciones, de las que 14,6 millones serán con derecho a devolución, por un importe total de 10.955 millones de euros. Alrededor de 4 millones de declaraciones saldrán a ingresar, lo que supondrá ingresos para las arcas de Hacienda de 6.308 millones de euros. Las personas que soliciten el borrador o los datos fiscales no recibirán por correo postal la información.

Novedades

Entre las novedades de esta campaña figura que este año no será necesario tener solicitado previamente el borrador y también podrán aprovechar el servicio tanto los no declarantes en el ejercicio anterior, como los nuevos declarantes, al igual que aquellos herederos de un contribuyente fallecido que deban presentar declaración en su nombre.

En el ánimo de dar todas las facilidades Hacienda ha creado también aplicaciones especiales para la gestión de los borradores desde los móviles de última generaciones así como desde las tabletas.

No están obligados a declarar los contribuyentes con rentas inferiores a 22.000 euros anuales exclusivamente procedentes del trabajo, límite que se reduce a 11.200 euros si los rendimientos proceden de más de un pagador, y también cuando se perciban pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas, cuando el pagador no está obligado a retener y cuando los rendimientos están sujetos a un tipo fijo de retención.

Estos dos límites siguen siendo válidos para no declarar si el contribuyente cuenta, en su lugar, o además, con dividendos, intereses y plusvalías sometidos a retención con un tope conjunto de 1.600 euros, o rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos íntegros de capital mobiliario no sujetos a retención derivados de Letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado, con un límite conjunto de 1.000 euros.

Podrán tener acceso al servicio de borrador los contribuyentes que sólo cuenten con rendimientos del trabajo, rendimientos del capital mobiliario con retención o ingreso a cuenta, Letras del Tesoro, imputación de rentas inmobiliarias de dos inmuebles como máximo, ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta y subvenciones para la adquisición de vivienda habitual.

La Agencia Tributaria, que elabora los borradores con datos cruzados de diferentes Administraciones, recomienda revisar los siguientes puntos: inmuebles y referencias catastrales, circunstancias personales y familiares si cambiaron en 2011, aportaciones a cuotas sindicales, deducción por maternidad, deducción por inversión en vivienda habitual y compensación por adquisición antes del 20 de enero de 2006, deducción por alquiler de vivienda habitual, deducción por obras de mejora de la vivienda habitual, deducción por cuenta vivienda y deducciones autonómicas.

Impuesto de patrimonio

Entre las novedades de la campaña figura que se recupera la obligación de declarar el Impuesto sobre el Patrimonio para los contribuyentes con cuota a ingresar (tras aplicar las correspondientes deducciones y bonificaciones) y también para aquellos sin cuota a ingresar, pero que cuenten con bienes y derechos con un valor superior a los 2 millones de euros.

Por norma estatal el mínimo exento se sitúa en los 700.000 euros y la vivienda habitual está exenta también hasta los 300.000 euros, aunque ambos límites pueden variar, según la comunidad autónoma. Todos los contribuyentes a los que corresponda declarar Patrimonio deberán hacerlo exclusivamente por Internet, mediante el número de referencia del borrador o datos fiscales, o bien utilizando el DNI electrónico.

También como novedad figura que las personas que más dinero ganan pagarán más impuestos ya que a partir de 120.000 euros de ingresos brutos anuales el tipo será del 22,5% en el tramo estatal, un 1% más alto, y a partir de 175.000 euros el 23,5%, un 2% más elevado que antes.

Además se suprime la deducción que había hasta ahora por nacimiento o adopción de hijos. Los teléfonos de asistencia de la Agencia Tributaria son el 901 200 345 y el 901 33 55 33.

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