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El Gobierno abre la puerta a retrasar la jubilación más allá de los 67 años

A partir de 2027, el sistema se revisará cada cinco años para adaptarlo a una evolución creciente de la esperanza de vida, según fija el anteproyecto de ley

EFE

SUSANA ALCELAY/YOLANDA GÓMEZ

La jubilación a los 67 años es solo un primer paso. El «anteproyecto de ley sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social», al que ha tenido acceso ABC, introduce un factor de sostenibilidad del sistema público de pensiones ligado a la evolución de la esperanza de vida. De este modo, a partir de 2027, cada cinco años «se revisarán los parámetros del sistema por las diferencias entre la evolución de la esperanza de vida a los 67 años de la población en el año en el que se efectúe la revisión y en el año 2027». Teniendo en cuenta que —según la memoria económica de la norma— cada diez años aumenta en algo menos de un año la esperanza de vida a los 67, significa que la edad legal de jubilación continuará retrasándose.

Del mismo modo, este factor de sostenibilidad, abre la puerta a seguir ampliando el número de años que se tiene en cuenta para calcular la pensión , y que la reforma amplía de 15 a 25 en un plazo de diez años.

El Ejecutivo explica que este factor de sostenibilidad del sistema público de pensiones ligado a la evolución de la esperanza de vida está en consonancia con la legislación de otros países europeos, como Alemania, Francia, Italia, Portugal y Dinamarca, que ya han introducido medidas en este sentido.

Sin efectos retroactivos

La letra pequeña de la norma desvela que el endurecimiento de la jubilación anticipada no afectará a aquellos ciudadanos «cuya relación laboral se haya extinguido antes del 2 de febrero de 2011», fecha en la que se firmó el acuerdo de la reforma de las pensiones con patronal y sindicatos. En un momento de crisis como el actual, en el que las salidas del mercado de trabajo son continuas, había mucha preocupación entre los ciudadanos que han sido despedidos recientemente y que se temían que tuvieran que esperar hasta dos años más para poder jubilarse.

Asimismo, la norma especifica las condiciones que permitirán a madres o padres que hayan interrumpido su carrera laboral para cuidar a sus hijos, y a becarios, sumar hasta dos años a sus carreras de cotización.

Según el texto, se podrán acoger a estos beneficios las madres o padres que hayan interrumpido su carrera laboral para cuidar de sus hijos. El anteproyecto apunta que se podrá acoger uno de los dos progenitores, el padre o la madre, pero que en caso de controversia se otorgará el derecho a la madres.

En cuanto a los requisitos, se exigirá que la interrupción en la cotización se produzca «en el periodo comprendido entre el inicio del tercer mes anterior al nacimiento, adopción o acogimiento y la finalización del cuarto año posterior a dicha situación». La duración de este cómputo será de nueve meses por cada hijo , con el citado límite de dos años y siempre que el niño sea menor de seis años. Además se considerarán como cotizados los tres años que los trabajadores disfruten por cuidado de hijos en los mismos supuestos. Hasta ahora se tenían en cuenta dos años.

Cuidado de dependientes

En el ámbito de la protección a la mujer, la ley exigirá al Gobierno que en el plazo de un año presente un estudio y propuestas para incorporar en sus carreras de cotización los periodos de atención y cuidado de los hijos o personas dependientes, tal y como recomienda el Pacto de Toledo.

Respecto a los becarios, el anteproyecto de ley da el mandato al Gobierno para establecer los mecanismos que permitan incluir en la Seguridad Social a quienes hayan finalizado estudios universitarios o de formación profesional y participen en programas financiados por organismos con entidades públicas o privadas. Y prevé que quienes a la entrada en vigor de la norma —enero de 2013— tengan menos de 32 años y hubieran estado de becarios previamente, (entre 2007 y 2011) podrán suscribir un convenio especial que les posibilite el cómputo de cotizaciones por los periodos de formación realizados con anterioridad hasta un máximo de dos años. Los atrasos tendría, en todo caso, que pagarlos el interesado.

Complementos a mínimos

El anteproyecto fija límites a los complementos a mínimos, que perciben aquellos pensionistas con prestaciones contributivas, que no llegan a la cuantía mínima fijada. Establece, en este sentido, que estos complementos no podrán superar en ningún caso la cuantía establecida para las pensiones no contributivas.

Además, se endurece la jubilación parcial, ya que se exigirán mayores cotizaciones. El aumento será progresivo a razón de un 5% más por cada año, hasta llegar al 100% en enero de 2027.

Respecto al futuro, se encarga a los Ministerios de Trabajo y Economía y a los agentes sociales establecer escenarios de financiación complementaria del sistema en el medio y largo plazo, lo que abre la puerta incluso a la creación de algún impuesto específico para ayudar a pagar las pensiones. La nueva norma autoriza al Gobierno a crear una Agencia Estatal de la Administración Única de la Seguridad Social. En ella se integrarán el INSS, el Instituto Social de la Marina —en la parte que gestiona el régimen especial de los trabajadores del mar—, la Tesorería de la Seguridad Social, la gerencia de informática y el Servicio Jurídico.

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