¿Cuáles son los requisitos para cobrar la nueva renta mínima de inserción que concede la Junta de Andalucía?
La administración andaluza ha modificado los requisitos para esta ayuda a familias vulnerables y se concederá sólo a quienes tengan denegado el Ingreso Mínimo Vital que concede el Estado
La Junta de Andalucía incrementa la Renta Mínima de Inserción un 45% y el tope máximo serán 1.173 euros

El Gobierno andaluz acaba de aprobar la nueva regulación de la Renta Mínima de Inserción de Andalucía que ya se puede solicitar en los servicios sociales comunitarios una vez que ha obtenido el aval del Parlamento de Andalucía. Y se trata de un cambio sustancial porque este ingreso, que da cobertura cada mes a unas 6.500 familias en situación de pobreza, sube un 45% de media.
¿Qué es la renta mínima?
Es una prestación económica garantizada del Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía orientada a la erradicación de la marginación y la desigualdad y a la lucha contra la exclusión social.
¿Cuáles son los requisitos?
Tendrán derecho a la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía las unidades familiares que estén empadronadas en Andalucía con un año de antelación a la fecha de presentación de la solicitud.
Los solicitantes deberán tener entre 25 y 64 años inclusive, excepto casos descritos en el Decreto-Ley 3/2017, de 19 de diciembre
Deberán tener una resolución expresa denegatoria del Ingreso Mínimo Vital que concede el Estado y estar en situación de desempleo registrados expresamente en el SAE.
Deben estar dados de alta en el censo de la Agencia Estatal dela Administración Tributaria la persona perceptora.
Los beneficiarios no pueden disponer de dinero efectivo, o título, valor, derecho de crédito o depósito bancario de un importe superior a la PNC anual (6.784 euros).
¿Qué se concede?
Es una prestación económica mensual del cien del importe de las pensiones no contributivas (PNC), calculada en doce mensualidades, vigente en la fecha de resolución de la solicitud, incrementada ésta en un 30% (salvo custodia compartida) por cada persona integrante de la unidad familiar distinta de la persona solicitante de la misma, hasta un máximo equivalente del 220% de dichas pensiones y con un mínimo del 24% de la pensión no contributiva.
Según los datos oficiales del Imserso, las pensiones no contributivas (PNC) para este año 2023 son de 6.784 euros anuales para un perceptor y de 5.766 euros anuales si hay varios perceptores en la unidad familiar.
La Junta no sólo concede dinero sino que esta renta incluye un plan personalizado de inclusión sociolaboral que pretende la integración social de los perceptores y de la unidad familiar. Este plan será elaborado por los servicios sociales comunitarios y el Servicio Andaluz de Empleo, SAE.
¿Cuánto tiempo se cobra?
La Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía se devengará a partir del día primero del mes siguiente al de la fecha de entrada de la solicitud en el órgano competente para resolver, y su duración inicial será de 12 meses.
Se podrá acordar la ampliación por periodos sucesivos de 12 meses según el calendario de aplicación del Decreto-Ley 3/2017, de 19 de Diciembre.
¿Dónde se puede solicitar?
La solicitud acompañada de los documentos preceptivos se presentará preferentemente en los servicios sociales comunitarios de la localidad en donde se encuentre empadronada y resida efectivamente la persona solicitante, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Por internet se puede presentar en la sede electrónica de la administración de la Junta de Andalucía.
¿Cuánto se cobra?
Se determinará teniendo en cuenta la capacidad económica de la unidad familiar en su conjunto, configurada por los ingresos computables a la misma y su patrimonio.
Recursos computables:
Las pensiones, subsidios, rentas e ingresos que, en cualquier concepto, perciban, o tengan derecho a percibir, todas las personas integrantes de la misma en el momento de la presentación de la solicitud. Asimismo, los bienes muebles e inmuebles distintos a la vivienda habitual.
No se consideran recursos computables: La propiedad o mera posesión de la vivienda habitual, la prestación por hija o hijo a cargo contributiva o no contributiva, las pensiones de orfandad, la remuneración por acogimiento familiar, las pensiones de alimentos establecidas en sentencia judicial firme o convenio regulador, las prestaciones económicas establecidas en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, las becas de ayuda al estudio, a la formación y al transporte, los ingresos procedentes de la asistencia a cursos de formación y de los contratos de formación para jóvenes, las ayudas a jóvenes que provengan del sistema de protección, los bienes inmuebles declarados en ruina, las ayudas públicas para la vivienda habitual.
Datos económicos
La Renta Mínima de Inserción está establecida en 533,52 euros mensuales, una cantidad a la que se suman otros conceptos. Incremento por miembro de la unidad familiar distinto al solicitante, 160,06 euros mensuales.
La cuantía mínima de la renta es de 128,04 euros mensuales (el 24% de la pensión no contributiva), mientras que la máxima es de 1.173,74 euros mensuales, el 220% de esas pensiones mínimas no contributivas.
Más información
En los Servicios Sociales Comunitarios de la localidad de residencia y en la web de la junta: http://juntadeandalucia.es/organismos/
igualdadypoliticassociales/areas/inclusion/rmi.html
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