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Ortiz pide al TSJA los restos de los niños para «completar el duelo»

En su recurso alega que no hace falta un fallo firme, sólo la autorización judicial

Ortiz pide al TSJA los restos de los niños para «completar el duelo» VALERIO MERINO

DAVINIA DELGADO

Ruth Ortiz, la madre de los dos menores asesinados el 8 de octubre de 2011 por su padre, José Bretón, no va cejar en su empeño por que les sean entregados los restos óseos de sus hijos para darles sepultura. La Audiencia Provincial denegó la petición que hizo el 30 de julio de este año, tras la sentencia que condenó a 40 años al progenitor. Por eso, ayer, a través de su letrada, María del Reposo Carrero, recurrió dicha resolución ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) con la esperanza de que, en esta ocasión, se estime su pretensión y pueda «completar el duelo» por el fallecimiento de los niños.

El escrito, al que ha tenido acceso este periódico, fue recepcionado por la Sección Tercera de la Audiencia, que será la encargada de trasladarlo al órgano superior andaluz. Este recurso será analizado por el TSJA de forma conjunta con el que presentará —hoy, previsiblemente— la defensa del condenado en contra de la sentencia que ha enviado a su cliente a prisión, previo traslado a las partes para su adhesión o impugnación.

La petición de Carrero se sustenta en varios motivos. En primer lugar, considera que el fallo (concretamente, la parte en la que se apunta que los huesos no podrán ser inhumados hasta que no exista una resolución firme) incurre en «quebrantamiento de las normas y garantías procesales» que afecta a Ruth Ortiz.

Argumentos

Así, la sentencia decide sobre la devolución de los restos, «pese a no haber sido objeto de pronunciamiento por parte del jurado» que condenó a Bretón. Y ello obviando la solicitud expresa que hizo Carrero en su día mediante la que pedía que esta cuestión fuese una de las que se plantease al tribunal popular.

Además, el fallo «incurre en infracción de precepto legal [...] pues dentro del concepto de responsabilidad civil está integrado el derecho de la madre a la devolución de los restos óseos de sus hijos», reza el recurso.

Esto lleva al segundo motivo de apelación, en el que se apunta a una infracción de la Ley del Registro Civil, ya que la madre pide con carácter principal que «se ordene la inscripción en el Registro Civil el fallecimiento de los menores Ruth y José Bretón Ortiz» y se le entreguen los restos para proceder a su enterramiento y con carácter subsidiario que se constituya como depositaria a la Policía Nacional.

Las dos demandas están basadas en «razones de humanidad» y además «son perfectamente compatibles con las eventualidades que puedan surgir en el desarrollo y resolución de los recursos que pueda interponer la dirección jurídica de José Bretón».

Carrero justifica su petición principal —la entrega de los restos a la madre— en que, de acuerdo al artículo 86 de la Ley del Registro Civil y de su Reglamento, no es necesaria una sentencia firme para registrar el fallecimiento de los dos hermanos. Basta con que exista una orden de la autoridad judicial «a la que no se le exige requisito de firmeza». En este sentido, sólo es necesaria la ausencia de duda sobre la muerte y «es evidente que esa duda racional no la tienen ni los miembros del jurado ni el presidente del tribunal».

Por «humanidad»

Carrero contempla en su recurso la posibilidad de que se ordenase cualquier informe pericial sobre los huesos una vez estuvieran enterrados. En ese caso, «la petición que articula esta parte contribuiría a dotar de una mayor garantía» a la realización de esos análisis, ya que la acusación particular «acataría las medidas de conservación que se establecieran (féretro de material especial no deteriorable)».

Igualmente, la letrada apela al «sentido común y de humanidad», teniendo en cuenta «el grado de sufrimiento que mi representada lleva acumulado» ante un caso «que parece proyectado por el mismo diablo». Si a todo esto se une la imposibilidad de «completar su duelo mediante el enterramiento de sus hijos», la situación puede llegar a ser «catastrófica».

Si el TSJA estimase la petición subsidiaria de la letrada de Ortiz (que los restos se entregasen a la Policía Nacional de Huelva), «se llevarían a la iglesia de Santa Teresa de Jesús, a fin de poder celebrar una misa por el descanso de los menores. Tras la misma, los propios agentes los llevarían hasta sus dependencias». Los efectivos onubenses estarían dispuestos a acudir a Córdoba para recepcionar los huesos con las máximas garantías para su conservación, «diligencia que, además, podría grabarse», según señala el recurso.

De hecho, «son numerosas las instrucciones de las secretarías de gobierno de los distintos tribunales superiores de justicia [...] que han admitido que algunas piezas de convicción se puedan depositar en un lugar diferente al archivo judicial», recoge el texto.

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