Hazte premium Hazte premium

Google y la guerra por el «derecho al olvido» en internet

La Agencia Española de Protección de Datos y el gigante de internet se encuentran enfrascados en una batalla legal sobre la retirada de contenido (legal) que lesiona los intereses de terceros

Google y la guerra por el «derecho al olvido» en internet ole spata

A. Fernández

La memoria y el olvido. Mientras hay personas que luchan contra ese monstruo llamado Alzheimer , que se va comiendo poco a poco sus recuerdos, sean malos o buenos, hay otros que quieren eliminar referencias a su pasado. Pero no se trata de hacer terapia de shock al cerebro sino de hacer «reset» a ciertos enlaces que le afecten en Internet. Se le llama derecho al olvido digital y en España ha cobrado importancia desde que la Agencia Española de Protección de Datos (AEDP) entrara en conflicto con el gigante de internet Google .

La AEDP es la encargada de velar por la protección de los datos de las personas y tutela casos en los que los ciudadanos ven vulnerados sus derechos. Hace un par de años un ciudadano tecleó su nombre en el motor de búsqueda de Google y observó que en los enlaces aparecía él vinculado a una subasta de inmuebles producto de un embargo que se efectuó tras unas deudas a la Seguridad Social. La información era cierta, pero el usuario consideraba que él ya había pagado sus deuda y no entendía por qué la gente tenía que leer eso sobre él . El Link iba dirigido a un medio de comunicación.

Comienzo del choque

El ciudadano le reclamó tanto al medio como a Google para que eliminasen dicho contenido, y el medio señaló que dicha información fue una orden del Ministerio de Trabajo y estaba amparada legalmente. La AEPD siguió el caso contra Google y ésta llevó la causa a la Audiencia Nacional. Más de 140 casos de este tipo han sido elevados ahora al Tribunal de Justicia de la Unión Europea que esperan por una resolución.

Por un lado la AEPD apunta que Google debería eliminar estos enlaces a información que es lícita pero que no tiene relevancia pública y que lesiona el derecho al honor de los ciudadanos. Por su parte, Google plantea que ellos no son los responsables del contenido que indexan y que quienes deberían eliminar el contenido son los propios medios o webs que alojan el contenido original.

En esta batalla no solo colisionan dos «poderosos» de los datos sino que chocan dos grandes derechos , el derecho a la privacidad, el honor, con el de la libertad de expresión. Pablo García Mexía , profesor de Derecho y Gobierno de Internet en el College of William & Mary (Virginia, EE.UU.) y Letrado de las Cortes, apunta que parte del problema es que legalmente no hay un derecho al Olvido. «No existe el Derecho al Olvido y eso es parte del problema. Hoy existe la necesidad de que internet olvide datos personales que una persona considere dañino para su imagen. El problema es que se ha sentido esta necesidad y se ha creado la idea de derecho al olvido».

La AEPD señala en sus documentos oficiales que el este derecho «reconoce el derecho de los ciudadanos a ejercitar sus derechos de cancelación y oposición ». Sin embargo apuntan que no todo puede alojarse bajo ese paraguas y que no es un derecho absoluto, «cuando colisiona con otros derechos, las resoluciones distadas por la Agencia realizan un análisis ponderado de los casos».

Es aquí donde entra Google. Según la encargada de asuntos legales de Google Spain, María González , aunque no existe una figura legal de derecho al olvido ellos entienden que hay personas que sienten que algunos datos vulneran su existencia . «El criterio de la Agencia es que esa información puede permanecer en el medio de comunicación, que pueden seguir publicando esos datos. No les impone ninguna norma de eliminación o de restringir de acceso a los buscadores, porque están protegidos por la libertad de información y de expresión. Pero frente a Google la Agencia aplica un concepto opuesto diciendo que Google no se beneficia de esa libertad y ese derecho de cancelación que exige la persona frente a Google, la empresa la tiene que respetar y eliminar el dato de sus índices».

«Nuestro conflicto con la Agencia es que no entendemos por qué si una información es lícita y verdadera tiene que desaparecer de un buscador, cuando nosotros sólo somos reflejo de lo que se publica en internet», ha apuntado la abogada González, de Google. La situación de complica más porque la Agencia, basándose en la Directiva 95/46/CE señala que Google hace un tratamiento de los datos al hacer un «registro, organización, conservación, consulta» de ellos y por lo tanto también es responsable por ellos. Es decir, que como trata esos datos también debería acatar las órdenes de desvincularlos a sus búsquedas.

A la espera de las recomendaciones

Este enfrentamiento ha traspasado las fronteras de los juzgados españoles y ha llegado al Tribunal de Justicia de la Unión Europea , quien dictará sentencia para que España y otros Estados Miembros puedan actuar sobre casos similares. El 25 de junio, este mes, tanto Google como la AEPD esperan la resolución del Abogado General Europeo que dará sus conclusiones sobre el caso . Generalmente lo que diga este abogado será lo que se concluya en el juicio que está pautado para finales de año.

Mientras se espera por la sentencia Google ha tenido que retirar estos enlaces de su buscador , pero aparece otro problema. «Si se quiere eliminar algo se debe ir a la fuente de origen, porque aunque nosotros eliminemos el enlace. Esta información con el tiempo volverá a aparecer, ya sea en otra página o porque a los algoritmos del buscador lo vuelven a indexar», explica González.

Pero la Agencia señala que el «derecho al olvido no supone un intento de reescribir la historia ni alterar las hemerotecas . Cuando una información es legítima, no comporta un derecho a borrar esa información de los soportes originales. Sólo se elimina de los resultados de los buscadores y las fuentes permanecen inalteradas». El Tribunal de Justicia de la Unión Europea deberá decidir qué hacer ante tal choque.

Google por su parte señala que hace unos cuatro años no tenían este enfrentamiento ya que la Agencia iba directamente al editor del contenido. También señalan que sólo en España tienen este tipo de inconvenientes, ya que en otros países de la Unión Europea se suele trabajar en conjunto con los buscadores y editores.

¿Dónde está el límite? ¿Censura o protección?

La AEDP señala en sus documentos oficiales que el derecho al olvido no es incompatible con la libertad de expresión ni con el derecho a recibir información. Google considera que si tiene que eliminar el enlace de cierta información lícita publicada por un tercero por órdenes de la AEDP entonces se estaría hablando de censura.

«Dejamos de ser neutrales y transparentes porque le están dando el poder al buscador»«Queremos que se reconozca que Google está amparado por la libertad de información, porque si no es así consideramos que un buscador se podría convertir en una herramienta de censura. Si tu como usuario estas en el buscador y sabes que Google está retirando información de sus índices, vas a dejar de fiarte de Google. Dejamos de ser neutrales y transparentes porque le están dando el poder al buscador de retirar el enlace de información con cualquier reclamación de un usuario», señala González.

García Mexía, profesor de Derecho y Gobierno de Internet, señala que esta situación ya se da frecuentemente en el mundo «offline», pero «que se ha acentuado en internet porque ahí es más fácil que se vulnera la privacidad , porque es un medio potente», explica. «Obligar de entrada a un buscador a eliminar en enlace a contenido puede lesionar la libertad de expresión. La censura es un argumento muy válido por parte de Google. Hay que entender que nuestro pasado es nuestro pasado y se podría pasar por delante de la libertad de información quizás por proteger el pasado de alguien», considera el letrado en Cortes.

Sin embargo, este especialista rescata que la AEPD actúa en bases legales y que también se guía por el principio de calidad de datos ARCO, en el que un usuario tiene derecho al Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición a la publicación de ciertos datos personales.

Cabe recordar que cuando se aplica el derecho al olvido se hace sobre información lícita, legal que fueron publicadas por terceros. Esto no tiene que ver con casos en los que se vulnere derechos de autor o en el que se cometan otros delitos, como casos de pornografía infantil o difamaciones ya que los buscadores lo eliminan porque está clara su ilegalidad.

Actualmente le Unión Europea está trabajando en un reglamento común sobre la privacidad y protección de datos que incluiría una cláusula sobre el derecho al olvido en internet. Sin embargo, a juicio de García Mexía, no hace falta establecer un nuevo derecho como el del olvido, por ejemplo en España. «No necesitamos el derecho al olvido para garantizar la privacidad porque tenemos un código penal, leyes sobre protección de datos y el derecho al honor. Creo que son instrumentos legales suficientes para resolver estos casos», señala.

Esta funcionalidad es sólo para suscriptores

Suscribete
Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación