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Utilizar el topónimo «La Coruña» no es un delito

El Juzgado número 5 de La Coruña sentenció que el ex alcalde Francisco Vázquez no incurrió en delito alguno de desobediencia o prevaricación al incumplir el veredicto que obligaba a usar el topónimo de «A Coruña», en lugar de «La Coruña».

La denuncia contra Vázquez, promovida por el Movemento polos Dereitos Civís, acusaba al ayuntamiento coruñés por «exceder sus competencias» en la decisión adoptada en una reunión plenaria en 2004 en la que la corporación municipal aprobó el cambio del topónimo oficial del municipio por el de «La Coruña».

Ante dicha imputación, el Juzgado coruñés consideró que la decisión del Ayuntamiento «no vulnera la legislación actual en materia de toponimia ni las resoluciones de la Fiscalía», ya que «lo que se aprobó fue el uso conjunto» de ambas nomenclaturas, «La Coruña» en castellano y «A Coruña» en gallego. Así, según afirma la sentencia, «no ha quedado suficientemente demostrado» que Paco Vázquez desobedeciera la legislación por considerar que, de su actuación, «no se deduce la clara intención de no cumplir la orden de la Autoridad Superior».

Movemento polos Dereitos Civís informó de que la resolución llegó pocos días después de que se iniciase la reconstrucción del expediente completo de la denuncia, que había sido extraviado por el juzgado.

MpDC manifestó que llevaba más de año y medio esperando la sentencia judicial y que tuvo conocimiento de la pérdida de los archivos tras presentar una queja ente el Valedor do Pobo.

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