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justicia

El Gobierno crea un registro de mediadores y regula su formación

Tendrá que hacer un curso de un mínimo de 100 horas con el 35 por ciento de prácticas

El Gobierno crea un registro de mediadores y regula su formación gemme

n. villanueva

El Gobierno dio ayer un paso más para desarrollar la Ley de Mediación en asuntos civiles y mercantiles aprobada el pasado año. El Real Decreto aprobado ayer por el Consejo de Ministros se centra en cuatro aspectos que afectan a la figura del mediador, una pieza esencial de la Administración de Justicia para intentar solucionar conflictos entre las partes enfrentadas en un proceso judicial.

La formación del mediador, su publicidad a través de un registro dependiente del Ministerio de Justicia , el aseguramiento de su responsabilidad y la promoción de un procedimiento simplificado de mediación por medios electrónicos para la reclamación de cantidades inferiores a 600 euros son los puntos que desarrolla el real decreto.

La formación del mediador tendrá una duración mínima de 100 horas y combinará una parte teórica con una práctica que supondrá al menos el 35 por ciento del total.

El Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación, que facilitará la publicidad y transparencia de esta actividad, consistirá en una base de datos informatizada a la que se accederá gratuitamente a través de la página web del Ministerio de Justicia. Constará de tres secciones: una para mediadores, otra para mediadores concursales y una tercera para instituciones de mediación. Sólo será obligatoria la inscripción de los mediadores concursales (figura regulada en la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización). La de los demás expertos será voluntaria y permitirá acreditar la condición de mediador.

La obligación de aseguramiento que la ley de mediación impone a los mediadores se articulará a través de un contrato de seguro de responsabilidad civil o garantía equivalente a fin de cubrir los daños y perjuicios derivados de su actuación.

Por último, el Real Decreto también determina en qué consistirá y qué requisitos hay que cumplir para poder acudir al procedimiento simplificado de mediación por medios electrónicos para la reclamación de cantidades que no superen los 600 euros.

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