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Ferraz aparta a Cano y Sánchez con «carácter excepcional» y ejemplificante

La Ejecutiva federal del PSOE hizo ayer oficial la resolución de suspender de militancia, «con carácter cautelar y excepcional», a Virgilio Cano y Fernando Sánchez ante la gravedad de las acusaciones que pesan sobre ellos y la «reiteración» de las denuncias sobre su conducta. Con esta medida se quiere evidenciar que no habrá «permisividad» ante «cualquier forma de corrupción».

El intento de Cano y Sánchez de adelantarse a las medidas de la Ejecutiva federal del PSOE solicitando voluntariamente su suspensión temporal de militancia, como anunciaron en la noche del martes, no logró parar la resolución del secretario de Organización, José Blanco, decidido a cortar de raíz cualquier atisbo de permisividad ante conductas irregulares.

Así se indica en la resolución que comunicó ayer a los dos interesados, acusados de haber percibido dinero a cambio de tramitar la licencia de «un burdel», y a la Federación Socialista Madrileña (FSM), a la que están afiliados. En ella se subraya que la gravedad de los hechos denunciados, y los antecedentes de Cano, «aconsejan la adopción de alguna medida de carácter cautelar, que si bien mantenga en toda su plenitud el principio de presunción de inocencia que asiste a los afectados, permita al mismo tiempo que el PSOE en su conjunto y la ciudadanía en general, tengan la absoluta convicción de que en modo alguno se consentirán actividades de nuestros afiliados, y muy especialmente de aquellos que desempeñan cargos públicos, contrarias a los valores éticos con los que actuamos, rechazando de esta forma cualquier actitud que se considere permisiva con comportamientos que puedan acabar legitimando o justificando cualquier forma de corrupción».

A la suspensión de militancia decidida se le añade el calificativo de «excepcional», lo que le confiere un relieve más grave que la simple medida cautelar, según indicaron fuentes de la Secretaría de Organización.

AGRAVANTE: SOSPECHAS REITERADAS

La resolución, de tres folios, arranca con un relato de «antecedentes» en el que se recuerda que Cano ya fue objeto de investigación por la Comisión Federal de Ética en 1999, para señalar que «ahora, de nuevo», se le imputan supuestas actividades punibles.

En el argumento de la reincidencia se insiste en los fundamentos de la resolución, al subrayar que «es un hecho constatado que la conducta de los afiliados objeto de la presente resolución, y muy especialmente de Virgilio Cano, viene siendo puesta en cuestión de forma reiterada y constante, tanto pública como privadamente».

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