Cataluña desoye al Supremo y no acatará el fallo sobre la inmersión lingüística
La consejera asegura que la Ley Educativa autonómica blinda el actual modelo y avanza que no hará cambios el próximo curso

Nuevo desacato judicial del Govern en materia lingüística. Horas después de que trascendiera un fallo del tribunal Supremo (TS) que obliga a devolver al castellano la condición de lengua vehicular en la enseñanza y la introduce como lengua de aprendizaje para el alumnado extranjero -hasta ahora se inmersionaban exclusivamente en catalán-, la consejera de Enseñanza de la Generalitat ha avanzado que no acatará el pronunciamiento judicial porque "la actual Ley Educativa de Cataluña" blinda legalmente el modelo de inmersión.
Según Rigau, Cataluña no hará ningún cambio en el modelo de cara al próximo curso
La sentencia del Alto Tribunal anula varios artículos de decreto181/2008 del departamento de Educación que establece la ordenación de las enseñanzas del segundo ciclo de Educación Infantil (de 3 a 6 años). En concreto, el fallo deja sin efecto los artículos 4- en sus apartados 1, 3 y 4-, 5, 10 -apartado 1- y 14 -apartado 3-, todos ellos relacionados con la vehicularidad del catalán y la inmersión lingüística, de forma que se incluye al castellano en la misma situación.
El fallo confirma también la condición de lengua vehicular del castellano de forma genérica y no lo restringe a casos particulares. Rigau considera que, pese al fallo del TS, Cataluña tiene suficiente base legal para seguir aplicando la inmersión y avanza que no hará ningún cambio en el modelo de cara al próximo curso.
"El decreto que ahora deroga parcialmente el Supremo es de 2008 y nosotros tenemos una ley posterior aprobada por consenso en el Parlament, la LEC, que es de 2009, lo que nos blinda totalmente", apunta la consejera, quien recuerda que la ley catalana es, además, de rango superior al decreto. "Las ideas fundamentales que el Tribunal Supremo ha anulado están en la LEC, que sigue vigente", subrayó Rigau, quien no escondió su preocupación por la interpretación "restrictiva" del Alto Tribunal.
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