El fiscal-jefe de la Audiencia defiende ante el Pleno a los mandos del «Faisán»
La ponencia ha recaído en el juez que justificó el «soplo» por el «contexto político»
¿Hubo un delito de colaboración con organización terrorista cuando el 4 de mayo de 2006 el «chivatazo» a ETA obligó a suspender una operación contra la red de extorsión de la banda que operaba en torno al bar Faisán de Irún? El juez instructor de la causa, Pablo Ruz, no tiene dudas de que pudo haberlo. Por este motivo procesó (además de por el delito de revelación de secretos) a tres mandos policiales subordinados de los entonces secretario de Estado y ministro del Interior Antonio Camacho y Alfredo Pérez Rubalcaba, respectivamente (hoy ministro del Interior el primero y candidato socialista a la Presidencia del Gobierno, el segundo).
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Son precisamente los recursos contra la decisión de Ruz los que motivaron la vista a puerta cerrada que el presidente de la Sala Penal convocó ayer en la sede de la Audiencia Nacional en San Fernando de Henares (Madrid). En ella, las partes defendieron sus posturas respecto a la existencia o no del delito de colaboración con ETA , a la propia continuidad de la causa en la Audiencia Nacional y a la instrucción del juez Ruz, que, en opinión de las defensas, no ha agotado todas las vías de investigación.
Fuera de la Audiencia
En esta fase del procedimiento, sin que todavía se haya abierto juicio oral, la Fiscalía de la Audiencia Nacional puso ayer toda la carne en el asador en defensa de los mandos policiales de Rubalcaba, de forma que fue el propio fiscal-jefe, Javier Zaragoza, quien acudió al Pleno a sostener que ni el ex director general de la Policía Víctor García Hidalgo, ni el jefe superior de la Policía en el País Vasco, Enrique Pamiés, ni el inspector José María Ballesteros cometieron un delito de colaboración con organización terrorista (de cinco a diez años de prisión). Sí pudieron cometer, admitió, el de revelación de secretos (de uno a tres años) , pero entre la repercusión de uno y otro hay un abismo. Empezando por la propia competencia a la hora de juzgarlos. La clave del asunto —de ahí su trascendencia— es que si no hay colaboración la Audiencia pierde la competencia y la causa tendría que ir a los juzgados de Irún, donde tuvieron lugar los hechos.
Durante su intervención, Zaragoza apeló a que no se puede condenar por colaboración a quienes luchan contra el terrorismo. A diferencia del juez Ruz, quien considera que no es necesario comulgar con los fines de una organización terrorista para cometer este delito, el fiscal-jefe de la Audiencia sostuvo que la afinidad ideológica, y sobre todo la intención, es fundamental a la hora de valorar la actuación de los procesados.
En este sentido, sostuvo que, en caso de demostrarse su culpabilidad en ningún momento habrían tenido la intención de favorecer a la organización terrorista, pese a que abortar la operación permitió a ETA cobrar 54.000 euros del «impuesto revolucionario», según apuntó Ruz en el auto de procesamiento. Mucho menos compartirían sus fines.
Citó la sentencia de los atentados del 11-M, en la que no se condenó por colaboración con organización terrorista a los asturianos que trasladaron los explosivos a Madrid. (Al minero Emilio Suárez Trashorras sí se le condenó, pero como cooperador necesario de la matanza). Pero tampoco la afinidad ideológica comporta colaboración con organización terrorista, prosiguió el fiscal. Así, y según señalaron a ABC fuentes del Ministerio Público, Zaragoza recordó que hay casos de mediadores designados por ETA a los que no se ha condenado por ese delito . Aludió a dos sentencias de 1994: una del «impuesto revolucionario» y otra del secuestro de Revilla. Los protagonistas, los abogados de HB Álvaro Reizabal y José María Elosua, fueron absueltos.
También se refirió a la sentencia de las hermanas Bruño, condenadas en junio a un año y tres meses de cárcel. Aquí sí hubo colaboración, pero porque existió «cierto grado de beneplácito» en el pago.
El Pleno, dividido
Concluida la vista, el Pleno de la Sala comienza hoy las deliberaciones, previstas hasta el viernes. Catorce magistrados (Ángeles Barreiro finalmente no estará, por el fallecimiento de un familiar) empiezan el debate divididos. Se sabe que al menos tres de la Sección Segunda (la que habría resuelto estos recursos de no haberlos avocado al Pleno el presidente de la Sala Penal, Javier Gómez Bermúdez) estarían de acuerdo con mantener el delito de colaboración. También que José Ricardo de Prada emitió meses atrás un voto particular en el que se oponía a esta calificación y aseguraba que «en el ámbito de las negociaciones políticas los gobiernos están legitimados para actuar». Este juez ha sido designado ponente y la deliberación se centrará sobre la propuesta de auto que él presente.
Por otra parte, la portavoz del PP en el Congreso, Soraya Sáenz de Santamaría, recalcó ayer que, con independencia del delito que finalmente se impute al ex director general de la Policía Víctor García Hidalgo, «lo importante es que se achacará a quien fuera número tres del Ministerio del Interior , lo que implica que sus máximos dirigentes deben asumir responsabilidades políticas».
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