Suscribete a
ABC Premium

Revocan la condena al exalcalde de Espinoso de 7 años de inhabilitación

A. M. V.

La Audiencia Provincial de Toledo ha revocado la sentencia dictada en su momento por el Juzgado de lo Penal número 3 de Toledo, con sede en Talavera, por la que se condenaba al que fuera alcalde socialista de Espinoso del Rey, Samuel Gómez Ruiz, a siete años de inhabilitación especial para cargo o empleo público, por un delito de prevaricación cometido por la alteración del censo electoral.

El nuevo fallo de la Audiencia absuelve al exalcalde con todos los pronunciamientos favorables de dicho delito, tras la defensa ejercida por el letrado Javier Espiga Chamón, del despacho Sánchez Garrido Asociados.

El fallo del Juzgado de lo Penal consideraba probado que el exalcalde había procedido a entre octubre de 2006 y enero de 2007 a conceder altas en el padrón municipal de numerosas personas «con pleno conocimiento de que las mismas no reunían los requisitos legalmente establecidos para tener la condición de vecinos del referido municipio alterando con ello el censo electoral para las siguientes elecciones municipales sin que, pese a ello, en ningún momento acordase la iniciación del procedimiento de baja de oficio de las inscripciones indebidas».

Esa primera sentencia relata la situación de 24 de las nuevas incorporaciones al censo, de las que sólo una se considera justificada. En el resto de los casos, apunta circunstancias llamativas como el empadronamiento en el domicilio de una hermana del alcalde de ocho personas, varias sin vínculos familiares y sin pago de cantidad alguna.

Residencia «legal»

La mezcla de residentes, ironiza el tribunal, «nos lleva a sentir gran admiración por la armonía existente en la convivencia de todos los ocupantes de la referida vivienda, pese a la diversidad de vínculos entre sus integrantes, sólo comprensible si dicha convivencia lo era de manera provisional, transitoria y coyuntural». Este hecho y que no se cambiaran los domicilios en la documentación de los afectados hace concluir a la juez de caso que los empadronamientos se hacían con un único fin «que no era otro que el de participar en las elecciones municipales de mayo de 2007 dando una apariencia de residencia legal que no era tal». Igualmente se destaca, entre otros casos, el de dos empadronados que constaban en la misma vivienda a pesar de que no tenían vínculo ni parentesco alguno y que uno de ellos admitió que se habían conocido en el momento de acudir a declarar al Juzgado durante la instrucción del caso.

Fue el PP el que presentó una denuncia ante la Junta Electoral de Zona de Talavera, remitida después de oficio a la Fiscalía. Ahora personas próximas a Samuel Gómez , que fue alcalde de Espinoso entre 1991 y 2010, señalan que «con esta sentencia quedan en entredicho todas las maledicencias vertidas por el PP y que tanto daño le han hecho personal, profesional y políticamente».

En un comunicado señalan que «han pasado 4 años desde que se inició el proceso contra Samuel Gómez que hoy se encuentra en una situación personal delicada como consecuencia de ese injusto proceso seguido contra él, que se inició con la única intención de apartarle de la alcaldía de su pueblo, que gobernó 20 años y esas ansias de poder del PP han quedado ahora al descubierto, pero el daño ya está hecho. La esperanza ahora es que los vecinos en las próximas elecciones castiguen a los que vertieron tantos infundios contra Samuel Gómez y que tanto daño le ha producido».

Revocan la condena al exalcalde de Espinoso de 7 años de inhabilitación

Esta funcionalidad es sólo para suscriptores

Suscribete
Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación