Suscribete a
ABC Premium

El interventor de Soria devolverá 30.000 euros que le aprobó el PSOE

El Ayuntamiento «acata el fallo» que anula el sobresueldo por productividades

ABC

El Ayuntamiento de Soria no recurrirá la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León que anuló las productividades aprobadas por el consistorio para el interventor municipal, según acordó ayer la junta de Gobierno local que aprobó además que se deje de pagar la cuantía establecida y se asuman las costas que le impone la sentencia. El primer teniente alcalde, Luis Rey, aseguró que el equipo de Gobierno «acata el fallo judicial» y comunicará la decisión al afectado para que proceda a la devolución de las cuantías que adeuda y que rondan los 30.000 euros. El Ayuntamiento consensuará con el interventor si se solicita el pago inmediato o fraccionado de las cantidades recibidas durante estos meses y que deberán reintegrarse para dar cumplimiento a la sentencia, informa Ical.

Rey explicó que las productividades que ha anulado la justicia se aprobaron con el fin de mejorar el funcionamiento económico del consistorio adjudicando nuevas funciones al interventor que posibilitaron «cumplir objetivos» ya que aumentó la recaudación en tesorería y en intervención y gestión de ingresos.

El primer teniente alcalde recordó que la sentencia del TSJ establecía que las productividades debía aprobarlas el pleno en base a una reordenación general de los puestos de trabajo, un objetivo que será prioritario y que ya ha sido encargado a una empresa externa «para que se resuelva de manera definitiva este problema».

Razones «ficticias»

Los sindicatos UGT, CCOO y CSIF, que interpusieron la demanda contra el Ayuntamiento de Soria tras la decisión de aumentar el sueldo al interventor municipal, alegaron en su día que las razonas por las que se le concedió la productividad eran «ficticias», ya que dentro de las funciones aprobadas por el consistorio ya estaba la jefatura de servicios económicos y que no existían razones que justificarán la concesión del complemento impugnado y tampoco de qué partida presupuestaria se había aprobado.

Esta funcionalidad es sólo para suscriptores

Suscribete
Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación