Operación limpieza en cuatro ayuntamientos guipuzcoanos
Un juez ordena retirar de las fachadas de cuatro consistorios los carteles que reclaman la reagrupación de los presos de ETA

Los carteles a favor del «reagrupamiento» de los presos de ETA se pusieron de moda en un sector de la población vasca: un mapa de «Euskal Herria» (territorio deseado que comprende Navarra y algunas zonas de Francia) pintado en negro, con varias flechas rojas partiendo del exterior blanco al interior negro. El regreso de los «hijos pródigos» a la tierra vasca es una vieja aspiración de los abertzales y, en muchos casos, lo han conseguido. Ahora un juez ordena retirar cuatro carteles a favor de los presos de las fachadas de cuatro Ayuntamientos de Guipúzcoa.
Se trata de los municipios de Alegia, Astigarraga, Oiartzun y Urretxu, todos ellos dominados por Euskal Herria Bildu (literalmente, Reunir Euskal Herria). El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de San Sebastián considera que la colocación de pancartas «compromete la neutralidad política» y asevera que una entidad local no puede actuar «al servicio» de grupos de un determinado signo político o ideológico.
«Uso inadecuado» y daño a las víctimas
Fue la Administración del Estado, a través de la Delegación del Gobierno , quien interpuso en los cuatro casos recursos contencioso administrativos contra la decisión de estos Ayuntamientos. En sus recursos, la Administración del Estado alegó que la colocación de dichos carteles, en los que se lee «Euskal presoak Euskal Herrira» («Presos vascos a Euskal Herria»), infringe la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local pues, al margen de otras consideraciones, supone un «uso inadecuado» de estos edificios , «vulnera el principio de neutralidad política y objetividad» que debe regir la actividad de las administraciones y «vulnera el derecho a la dignidad de las víctimas del terrorismo».
El Ayuntamiento de Alegia alegó ante el juez que ese cartel se exhibía desde hacía años «sin problema alguno», que no fue colocado por la actual Corporación y que «no vulnera» la objetividad del Ayuntamiento. Además, alude a la autonomía municipal para defender su colocación. También apunta que no hay acuerdo alguno y que es inadmisible el recurso por «falta de actividad impugnable» . Sin embargo, el juzgado, citando jurisprudencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, ha negado la razón a estos cuatro Ayuntamientos infractores.
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