El anteproyecto de la Ley de Justicia Gratuita incorpora dos demandas históricas de la abogacía
El Colegio de Abogados de Madrid acuerda con Justicia que los letrados de oficio reciban sus retribuciones directamente de la Administración
Los abogados del turno de oficio que ofrecen este servicio por requerimiento de Juzgados y Tribunales, así como asistencias inmediatas en garantía del derecho de defensa, recibirán sus retribuciones directamente de la Administración, con independencia del resultado de los expedientes administrativos de justicia gratuita.
Así se incluirá en la nueva Ley de Justicia gratuita, según el acuerdo al que se ha llegado tras las conversaciones mantenidas por los Ilustres Colegios de Abogados de Madrid, Valencia y Bilbao con el Ministerio de Justicia, a petición de los propios Colegios.
Dejará, por tanto, de estar cuestionado su derecho a la remuneración por el trabajo efectivamente realizado, haciéndose cargo directamente la Administración del pago de las cantidades que correspondan , reservándose el derecho al reembolso que será exigido posteriormente por la Administración, incluso por vía de apremio, a los ciudadanos que indebidamente reciban la prestación. Pese a no tratarse de una demanda nueva, la reformulación de los términos planteada por los citados Colegios que ahora delimita el alcance de esta obligación ha sido determinante para la inclusión en el texto del Anteproyecto de Ley de Asistencia Jurídica Gratuita que próximamente será elevado al Consejo de Ministros.
De forma paralela, también a iniciativa del Colegio de Abogados de Madrid, la Ley recogerá expresamente la propuesta planteada por el Ministerio de Justicia a las Comunidades Autónomas que tengan asumidas las competencias en materia de Justicia, relativa a la firma de convenios que le permitan asumir el pago directo a los profesionales de turno de oficio con el compromiso de efectuar las liquidaciones de conformidad con lo dispuesto en la Ley de la morosidad , configurando así legalmente este compromiso.
De este modo, se podrá poner fin a los graves retrasos de las diferentes Administraciones públicas en el pago a los abogados que a través de este servicio público garantizan a los ciudadanos el derecho a la defensa y a la tutela judicial efectiva. Se atienden con ello dos de las principales demandas de los abogados de toda España. El Ministerio de Justicia podrá asumir el pago directo a los profesionales de turno de oficio con el compromiso de efectuar las liquidaciones en el plazo de 60 días., de conformidad con lo dispuesto en la Ley de la morosidad.
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