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Con la ley en la mano

CON la presentación de sus respectivas demandas ante el Supremo, el Gobierno y la Fiscalía han abierto los procesos en los que se juzgará si Batasuna y sus anteriores denominaciones han vulnerado los principios democráticos y si deben ser disueltas por este motivo, al amparo de la ley de Partidos Políticos. El juicio político que, con base legal, realizó el Congreso en el Pleno extraordinario del pasado agosto, se ha transformado en un doble juicio jurisdiccional, uno por cada demanda, sobre el que sólo cabe hacer una valoración positiva. Tanto el Ministerio de Justicia como la Fiscalía General del Estado han sabido interpretar que las evidencias políticas y sociales de la inconstitucionalidad de Batasuna tenían que ser tratadas como pruebas aptas para merecer una sentencia favorable. El resultado ha sido dos demandas que responden al rigor técnico exigible para un proceso con contenidos legales y constitucionales muy importantes. Los hechos y los fundamentos de derecho alegados en ambos escritos demuestran el esfuerzo de la Abogacía del Estado y de la Fiscalía por ofrecer a los dieciséis magistrados de la Sala Especial argumentos precisos, con fechas, personas y acontecimientos, así como las doctrinas de los Tribunales Constitucional y Europeo de Derechos Humanos, huyendo de la literatura victimista o de la retórica pseudojurídica.

El complemento probatorio de las demandas consolida su rigor, al consistir en documentos oficiales, atestados policiales, grabaciones videográficas y testimonios informáticos de todas las conductas previstas por la ley de Partidos y en las que ha incurrido Batasuna. Son medios de prueba objetivos, especialmente eficaces porque son los más apreciados por cualquier juez, al facilitar su valoración, y porque reducen el margen de oposición del demandado, en este caso de Batasuna. Ante documentos que prueban la permanencia de condenados por terrorismo como cargos del partido, la no condena de actos terroristas, las amenazas a la Ertzaintza o la realización pública de actos de apoyo a ETA, a Batasuna, si comparece en los procesos, le va a resultar muy complicado desmentir tales hechos o darles una interpretación favorable a sus intereses. Con pruebas de esta naturaleza, la labor de los jueces es más de constatación que de interpretación.

Desde que el Supremo tiene las demandas, la responsabilidad del Gobierno es abordar, como lo está haciendo, la defensa de los intereses generales con el mismo rigor jurídico que caracteriza su escrito. Ya no resultan útiles las exposiciones políticas del caso. Ahora deben prevalecer las estrategias procesales que aseguren el éxito de las demandas, sin apasionamiento ni precipitación, y teniendo en cuenta que Batasuna, si se persona, tendrá derecho a presentar sus pruebas y a rebatir las del Gobierno y las de la Fiscalía. Este escenario procesal de debates cruzados -esencia de los principios de audiencia e igualdad- aconseja valorar con prudencia el llamamiento de testigos al proceso, no sólo porque la testifical es un medio de prueba que dilata el procedimiento, sino también porque, tratándose de un juicio de constitucionalidad, en el que no se juzgan actos delictivos, son preferibles las pruebas documentales, gráficas y periciales. Además, la necesidad de nuevos medios de prueba vendrá dada por el contenido de la contestación que presente Batasuna, por lo que conviene no anticipar estrategias procesales que luego pueden no utilizarse. La aspiración de la sociedad española es que se resuelvan favorablemente las demandas presentadas ante el Supremo. Pero, en contra de lo que piensa el nacionalismo vasco -dispuesto a provocar a la Justicia, como demuestra la convocatoria por Eusko Alkartasuna de una concentración contra la ilegalización de Batasuna-, este Tribunal no es una servidumbre de paso abierta al Gobierno, sino un órgano en el que se hacen valer las garantías constitucionales.

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