Según el denunciante, Antonio Osuna deberá declarar ente el juez en un par de meses
La Fiscalía de Córdoba ha imputado al alcalde de Carcabuey, Antonio Osuna Ropero (IU), por un presunto delito de prevaricación al permitir dos licencias de primera ocupación sin contar con los informes técnicos correspondientes, amén de interponer una denuncia en el Juzgado de Instrucción de Priego de Córdoba, en cuyo seno deberán de practicarse las diligencias de instrucción pertinentes, según reza un escrito del Ministerio Público del pasado 6 de junio, al que ha tenido acceso este periódico.
La denuncia fue realizada por un particular, vecino de Carcabuey, quien planteó sus quejas sobre determinadas irregularidades en la concesión de esas licencias tanto al Defensor del Pueblo Andaluz, José Chamizo, como a la propia delegada del Gobierno de la Junta, Isabel Ambrosio, y que también acabó en manos de la Fiscalía. Según señaló el denunciante a este periódico, la prestación de declaraciones comenzarán en un par de meses.
Concretamente, la denuncia recae sobre dos expedientes del Ayuntamiento, el primero de los cuales alude a la vivienda de R.S.O., sita en la calle Rafael Delgado Benítez número 7, que linda con la propiedad del denunciante, por la construcción de un balón sobre la que «se tendrían vistas oblicuas sin respetar los 60 centímetros que deben de mediar de separación», tal y como señala el escrito de la Fiscalía.
Al parecer, se concedieron licencias de ocupación sin los informes técnicos y jurídicos necesarios
El otro expediente es sobre la vivienda de A.T.G., en la calle Pilar número 16, que «al parecer, se ha excedido en el fondo construible».
En el primero de los casos, siempre según el Minsterio Público, la tramitación del expediente «está incompleta, pues falta que el interesado presente el certificado final de obra previo al otrogamiento de la licencia de primera ocupación». En cuanto al segundo, el texto señala que el Ayuntamiento, «advertida la falta de licencia por recomendación del Defensor del Pueblo Andaluz, ha procedido a declarar la lesividad del acto administrativo».
En opinión de la fiscal que firma el texto, las licencias se han de otrogar de acuerdo con las previsiones de legislación y de la ordenación urbanística de aplicación, «debiendo contar en el procedimeinto informe técnico y jurídico sobre adecuación del acto pretendido a dichas previsiones». A tenor de eso, «existen indicios de que tales hechos podrían constituir un delito del artículo 320 2º del Código Penal» (prevaricación) por la concesión de licencia administrativa sin los citados informes.
Diligencias
La Fiscalía, por tanto, solicita que el Juzgado prieguense inicie las diligencias de instrucción relativas a un escrito del Ayuntamiento alcobitense sobre a quién le está atribuida la competencia para realizar ambos informes preceptivos en la materia; otro informe de la Dirección General de Inspección Urbanística sobre si la licencia concedida es contraria a las normas de ordenación territorial o urbanísticas vigentes, la declaración del denunciante y, finalmente, la declaración del alcalde que concedió la licencia de ocupación sin los informe preceptivos.
En este caso, además, la fiscal puntualiza que, por la naturaleza de las cuestiones que se le preguntarán, el regidor declarará en calidad de «imputado».