Suscribete a
ABC Premium

La juez abre juicio por las comisiones del PSOE en Mercasevilla

La juez Alaya concluye la instrucción de la rama inicial y limita los delitos sólo al cohecho

EDUARDO BARBA

El último trámite para llevar la rama inicial del «caso Mercasevilla» ante un jurado popular quedó cerrado ayer con el auto de apertura de juicio oral. Con él, la juez de Sevilla Mercedes Alaya traslada todo el procedimiento a la Oficina del Jurado con el fin de que inicie el procedimiento para delimitar el posible delito en la petición de comisiones ilegales —450.000 euros en total— por parte de los directores del mercado público controlado por el Ayuntamiento de Sevilla a los empresarios del Grupo La Raza. El caso, que data de 2009, va a centrarse exclusivamente en un delito concreto, el de cohecho, después de que el Juzgado de Instrucción 6 de Sevilla rechazara las peticiones de las partes para que se incluyan más penas por los posibles delitos de tráfico de influencias, uso de información privilegiada y estafa en grado de tentativa, que han estado en la mesa hasta este trámite final. Decididamente, sólo cohecho, como queda confirmado en el auto y en el relato de los hechos realizado por el Juzgado, al que ha tenido acceso ABC.

Los acusados son el exdirector gerente de Mercasevilla Fernando Mellet; el exdirector adjunto de la lonja Daniel Ponce; el que fuera delegado provincial de la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía y secretario general del PSOE de Camas Antonio Rivas; y Regla Pereira, coordinadora de proyectos de la ya extinta Fundación Socioasistencial de Mercasevilla y secretaria de dirección cuando ocurrieron los hechos que se van a tramitar mediante la Ley del Tribunal del Jurado.

La Fiscalía pide para estos acusados una sanción de 900.000 euros y la suspensión de empleo o cargo público durante 21 meses por cohecho. Para poder ser enjuiciados por ese tipo penal, la juez ha calificado a Mellet y Ponce como funcionarios públicos, algo que ellos rechazaban alegando que eran directivos colocados discrecionalmente por los responsables políticos municipales. Intentaban así esquivar este delito y, con ello, el jurado popular. La juez considera como un «elemento determinante» que su labor sea «el ejercicio de la función pública» a diferencia del concepto más restrictivo que la figura del funcionario tiene en el derecho Administrativo. Según Alaya, lo son porque se trata de «empleados de concesionarios de servicios públicos».

Esta funcionalidad es sólo para suscriptores

Suscribete
Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación