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El TC estudia si el Supremo trató de forma distinta a Atutxa y a Botín

El expresidente del Parlamento Vasco recurrió en amparo su condena por negarse a disolver Sozialista Abertzaleak

El TC estudia si el Supremo trató de forma distinta a Atutxa y a Botín abc

n. villanueva

El Pleno del Tribunal Constitucional abordará a partir de hoy el recurso de amparo presentado por el expresidente del Parlamento Vasco Juan María Atutxa contra la sentencia del Tribunal Supremo que le condenó por desobedecer la orden de disolución de Sozialista Abertzaleak.

Aunque fuentes del TC aseguran que se trata de un recurso más, en la práctica, el pronunciamiento del tribunal de garantías trascenderá del caso Atutxa en la medida en que pueda afectar a la doctrina que lleva su nombre . La doctrina Atutxa matizó en 2008 la conocida hasta entonces como doctrina Botín, estableciendo que bastaba una acusación popular para abrir juicio oral contra alguien (aunque el fiscal no acuse) siempre y cuando los delitos afecten a intereses colectivos.

Hasta ese momento, sin embargo, si fiscal y acusacion particular no acusaban, no había posibilidad de llevar a nadie a juicio. La matización del Tribunal Supremo provocó la inhabilitación de Atutxa y de los también parlamentarios vascos Kontxi Bilbao y Gorka Knor durante un año y medio para ejercer cualquier cargo público.

No es la primera vez que se aborda en el TC el caso Atutxa, pero sí la primera que lo hace tras su nueva composición , ya de mayoría conservadora. El pasado junio fracasó la propuesta favorable del magistrado Pablo Pérez Tremps de absolver al presidente de la Cámara Vasca, pese a que todo apuntaba a que un TC de mayoría progresista optaría por concederle el amparo. Pérez Tremps dejó entonces la ponencia, que ahora ha asumido Enrique López. Las deliberaciones empiezan por tanto de cero.

Fuentes judiciales señalaron que hay dos cuestiones jurídicas en las que tendrá que entrar el Pleno: la primera, si hubo, como plantean los demandantes de amparo, vulneración del derecho a la igualdad , al tratar de forma diferente al expresidente de la Cámara Vasca y al presidente del Banco Santander. La segunda, si se vulneró al derecho a la presunción de inocencia cuando el Tribunal Supremo revocó la sentencia absolutoria del TSJ del País Vasco y dictó otra condenatoria sin haber escuchado a los acusados.

Las mismas fuentes recuerdan que la jurisprudencia del TC determina que no se puede convertir una absolución en condena sin oír previamente al afectado en los casos en los que se produce una modificación de los hechos probados. Por contra, si tal modificación no se produce, no es necesario dar audiencia al acusado.

«No hubo una negativa abierta»

En este caso, la sentencia del Supremo, de la que fue ponente el magistrado Manuel Marchena, detallaba las acciones de la Mesa del Parlamento vasco encaminadas a incumplir la obligación a disolver SA, el grupo sustentado por la ilegalizada Batasuna. El Supremo rechazó los argumentos empleados por el TSJPV, que absolvió a Atutxa, Bilbao y Knorr al apreciar que no existió una negativa abierta y directa a ejecutar esa disolución. A este respecto, advierte que una negativa no expresa «ya sea tácita o mediante actos concluyentes, puede ser tan antijurídica como aquella que el tribunal 'a quo' denomina expresa y directa».

Casi la mitad de los magistrados de la Sala Penal del Supremo, cinco de los doce, votaron a favor de aplicar la «doctrina Botín» en el caso Atutxa y, por tanto, absolver a los tres procesados. Estas discrepancias se recogieron en un total de cuatro votos particulares en los que los magistrados discordantes señalan, entre otros argumentos, que el fallo «infringe la igualdad de trato ante la ley», lo que precisamente alega Atutxa.

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