El Ayuntamiento optará entre readmitirlos o pagar las idemnizaciones
El Juzgado de lo Social número 1 de Córdoba ha emitido sentencia condenatoria contra el Patronato Deportivo Municipal de Lucena (PDM), y de forma solidaria, contra la empresa Bases Sport, actual concesionaria de parte de los servicios de la piscina municipal, en el juicio seguido a instancias de diez empleados de este recinto deportivo que prestaban servicio a la empresa Hydra Gestión Deportiva.
El juzgado estima íntegramente la demanda de los trabajadores y considera que «el 1 de julio de 2011, los demandantes fueron objeto de un despido improcedente por el Patronato Deportivo Municipal de Lucena». Al mismo tiempo, confiere a este organismo consistorial y a la mercantil Bases Sport Integral S.L. dos opciones «a su voluntad».
La primera es dejar definitivamente extinguida su relación laboral con fecha 1 de julio indemnizándoles con 45 días salario por año efectivo de servicio y los salarios de tramitación dejados de percibir desde dicha fecha hasta la de notificación de la sentencia. Sería lo correspondiente a un despido improcedente. La segunda opción es readmitirlos en la plantilla laboral fija del PDM en las mismas condiciones de trabajo, igualmente con abono de los salarios de tramitación dejados de percibir.
Cabe reseñar que los salarios de estos trabajadores oscilan entre los 450,47 euros y los 855,22 euros al mes. Sólo en este concepto de salarios de tramitación la cifra que se tendría que satisfacer a los ex trabajadores de Hydra Gestión asciende a casi 6.000 euros al mes, por lo que la cantidad global a pagar podría llegar a unos 42.000 euros.
La sentencia no consigna la cantidad concreta con la que habría de ser indemnizado cada trabajador, que dependerá de su salario y del número de años trabajados para Hydra Gestión.
Antecedentes El Consistorio tiene ya otra sentencia condenatoria y se enfrenta a un juicio el lunes por el mismo tema
Las partes condenadas podrán interponer recurso de suplicacion contra esta sentencia, si bien deberá depositar las cantidades consignadas en la condena, bien en metálico, bien mediante un aval solidario de duración indefinida y emitido por una entidad de crédito.
Caso «de libro»
Cabe destacar que esta es la segunda sentencia contraria al Ayuntamiento por este tema. A finales de octubre del pasado año, el Juzgado de lo Social número 2 de Córdoba condenó al Ayuntamiento de Lucena a indemnizar a otro ex trabajador con un total de 17.288 euros.
En aquel caso el Juez señalaba que «debemos concluir que estamos ante un supuesto de subrogación convencional 'de libro', por lo que debe considerarse como un despido improcedente, del que deberá responder exclusivamente el Ayuntamiento demandado, entendiendo que este puesto de trabajo debería haber sido subrogado por el Patronato Deportivo o Ayuntamiento».
A esto hay que sumar que el próximo día 6 se celebrará el tercer y último juicio previsto por este tema, en este caso interpuesto por otras cuatro empleadas de este servicio.
A falta de conocer el importe exacto de estas nuevas indemnizaciones, todo hace indicar que la rescisión de los contratos de la plantilla de las piscinas se podría convertir en el pago más importante del Ayuntamiento por temas laborales.