La UE multa a Microsoft con la vista puesta en Google
En concreto deberá pagar 561 millones de euros de sanción por no permitir otros navegadores en su sistema operativo Windows 7

La Comisión Europea ha impuesto una nueva multa a Microsoft, por un montante de 561 millones de euros, por no haber incluido la pantalla de elección de navegador en algunas versiones del sistema operativo Windows 7.
El responsable de esta sanción, el comisario Joaquín Almunia, ha reconocido que en los últimos años «el mundo de los navegadores ha cambiado mucho», consciente de que el argumento inicial (la ausencia de elección sistemática de navegador) no tiene la importancia que tuvo en su día. Por ello, la multa no se refiere al fondo del asunto, sino al hecho de que Microsoft ha incumplido un compromiso alcanzado con la Comisión en el marco de un procedimiento de infracción.
La sanción aparece, según se interpreta en Bruselas, como un mensaje claro a Google, que se encuentra ahora sometido a otra investigación separada sobre abuso de posición dominante en el campo de los buscadores. Esto anticiparía, además, que Almunia ve posible llegar a un acuerdo con Google según el artículo 9 de la ley anti-trust que lo permite, pero quiere dejar claro antes que en caso de que Google lo incumpliese también tendría consecuencias.
Microsoft ha estado en el punto de mira de la UE desde hace años, y en 2008 ya fue señalada con la multa más grande de la historia (860 millones de euros después de la rebaja concedida por el Tribunal de Luxemburgo) por negar a las compañías de software independientes información esencial sobre su sistema operativo, lo que le concedía una ventaja en el mercado insalvable para la competencia.
En 2009, en el marco de otra investigación sobre la imposición del navegador internet explorer a sus clientes, llegó a un acuerdo con la Comisión según el cual se comprometía a instalar sistemáticamente la pantalla de elección de navegador, para que el usuario decidiera cual de todos los que existen prefiere utilizar.
Aunque Microsoft ha aceptado poner remedio a este problema, y que este solo ha afectado durante 14 meses a algunas de las versiones de Windows 7, Almunia considera que la Comisión debe sancionar el incumplimiento de un compromiso adquirido bajo el artículo 9 «como factor disuasivo» para otras compañías que solventen sus irregularidades por esta vía, en una referencia clara a Google.
Esta última presentó a la Comisión el mes pasado sus propuestas para remediar las objeciones europeas sobre la posición dominante de su buscador. Por ahora, Almunia no ha dicho si las acepta o no, sino que «siguen siendo estudiadas». La Comisión ha tenido en cuenta como atenuante que Microsoft asumió su error y colaboró con la investigación, pero en este caso, para el comisario «no se trata de si ha sido voluntaria o involuntariamente, sino que lo esencial es que Microsoft ha incumplido un compromiso» y esta multa «ha de servir de ejemplo».
Un total acumulado de 2.200 millones
Un total de 15 millones de clientes de Microsoft se vieron privados de la posibilidad de elegir buscador en la anterior versión entre mayo de 2011 y julio de 2012. La compañía de Redmond ha reconocido la infracción, aunque la ha atribuido a un «error técnico». Error o no, se trata de la cuarta sanción financiera que Bruselas impone a la empresa desde 2004.
Hasta el momento, el importe total pagado por la empresa de Redmond supera ya los 2.200 millones de euros. Almunia ha señalado que estos compromisos juegan «un papel muy importante» porque permiten «soluciones rápidas a problemas de competencia». Así que, un incumplimiento, ha proseguido el comisario, es «una infracción muy grave que debe sancionarse en consecuencia».
Permitir a los usuarios elegir a un determinado navegador era una de las medidas correctivas impuesta a la empresa de Redmond hace cuatro años en el marco del expediente abierto por Bruselas por abuso de posición dominante. No cumplió. El objetivo era evitar que Microsoft impusiera a los usuarios su propio navegador Explorer y expulsara del mercado a sus rivales y la obligación estaba vigente hasta 2014.
Mientras se aplicó, la pantalla para elegir navegador «tuvo un gran éxito entre sus usuarios», según la CE. Así, hasta noviembre de 2020, un total de 84 millones de navegadores se descargaron a través de ella. A la hora de calcular el importe de la multa, la Comisión ha tenido en cuenta la gravedad y la duración de la infracción, la necesidad de garantizar el efecto disuasorio de la sanción y, como circunstancia atenuante, el hecho de que Microsoft ha cooperado con Bruselas y ha dado información que ha ayudado al Ejecutivo comunitario a investigar el caso de forma eficaz.
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