El Tribunal Europeo de Derechos Humanos condena a España por hacer una transfusión de sangre a una testigo de Jehová
Deberá indemnizar a la paciente con 26.000 euros, pese a que el tratamiento le salvó la vida
Estrasburgo estudia el caso de una testigo de Jehová que denunció a España por realizarle transfusiones de sangre
EP
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TDEH) ha condenado a España a pagar 26.000 euros en concepto de daños morales y costas a una paciente, testigo de Jehová que denunció a España por realizarle trasfusiones de sangre durante una operación quirúrgica de urgencia.
Los magistrados del TEDH le han dado la razón tras concluir que se vulneraron los derechos de la demandante, entre ellos su respeto a la vida privada y familiar y su derecho a la libertad religiosa.
El fallo fue emitido por 17 jueces y cuenta con dos votos particulares, uno de ellos de la jueza española, María Elósegui. Según el tribunal, se constató la resolución de derechos del Convenio Europeo de Derechos Humanos y tras evaluar «el proceso de toma de decisiones», dictaminaron que el hospital «no respetó suficientemente» la autonomía de la demandante.
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos condena a Polonia a pagar 16.000 euros por obligar a una mujer abortar en otro país
ABCLa Justicia polaca consideró que la demandante no había aportado pruebas suficientes para mostrar que el embarazo suponía un riesgo real
La mujer dejó por escrito su negativa a recibir transfusiones de sangre pero afirma que fue «ignorada» por sus médicos. La demandante litigó en los tribunales españoles sin éxito y el caso escaló hasta el Constitucional, quien inadmitió el recurso. Tras agotar todas las vías judiciales en España se dirigió el TEDH, que celebró la vista el pasado enero.
La juez española en su voto particular explica que pese a apoyar «completamente» la conclusión alcanzada por el TEDH, emite el voto particular para «destacar algunos elementos derivados del fallo» que considera «importantes para evitar que tales violaciones vuelvan a producirse, al menos en España».
En este sentido, la magistrada opina que se deben mejorar la coordinación entre los hospitales de las comunidades autónomas. Afirma que las autoridades, jueces y médicos implicados «no pueden esconderse detrás de los errores de otros y, mucho menos acusar a la demandante de no haber cumplido sus obligaciones. Se deben aprender lecciones de cara al futuro«.
El caso se remonta al 2017
La mujer, residente de Soria, se sometió a una cantidad de pruebas médicas que más tarde revelaron la necesidad de pasar por quirófano y someterse a una intervención. La demandante dejó por escrito dos documentos en los que se negaba a recibir dicho tratamiento bajo ninguna circunstancia, aunque su vida corriera peligro.
En junio de 2018, casi un año después, fue ingresada en el Hospital de Soria por una hemorragia interna que le había provocado una anemia grave. A pesar de las recomendaciones por parte de los profesionales de salud de realizarse una transfusión de sangre, la paciente se negó y lo dejó nuevamente por escrito en un documento de consentimiento informado. Tanto ella como el doctor firmaron el documento y este se añadió al historial médico.
Al día siguiente por la gravedad de su estado, la mujer fue trasladada a un hospital de Madrid acompañada de un médico con su historial. Durante el viaje, avisó a sus colegas de la capital sobre la gravedad del caso. Tras ello, los anestesistas contactaron con un juez de guardia.
Al juez le indicaron que la paciente era testigo de Jehová y había manifestado su negativa a recibir todo tipo de tratamientos, aunque su vida dependiera de ello. Sin embargo, el magistrado autorizó a los sanitarios de realizarle todos los procedimientos médicos necesarios.
La paciente fue sometida a una intervención quirúrgica y le realizaron tres transfusiones de glóbulos rojos. La orden judicial llegó cuando la mujer aún se mantenía «consciente y colaboradora» pero no fue informada y, al despertar, se enteró del procedimiento.
Esta funcionalidad es sólo para suscriptores
Suscribete
Esta funcionalidad es sólo para registrados
Iniciar sesiónEsta funcionalidad es sólo para suscriptores
Suscribete