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El Supremo rechaza que los excónyuges se alternen la vivienda en custodias compartidas en casos de conflicto

Recalca que tiene que haber entendimiento en la expareja para que el menor no tenga que salir de la «casa-nido»

La pareja de Ayuso espera que el Supremo recabe los emails de la cuenta personal del fiscal general del Estado

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Nati Villanueva

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Si los dos excónyuges no están de acuerdo en que la vivienda que fue su domicilio habitual sea en la que viva el menor, y que sean ellos los que se entren y salgan en función del régimen de custodia compartida, es improcedente obligarles. ... Así lo establece la Sala Civil del Tribunal Supremo, que señala que para poder acordar un sistema de este tipo («casa-nido») es «imprescindible constatar que concurre un alto nivel de entendimiento para planificar la organización», porque si no media el entendimiento entre los cónyuges, el sistema es una »potencial fuente de conflictos con alta probabilidad de repercusión negativa en los hijos menores».

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