Hazte premium Hazte premium

Microchip: el DNI de las mascotas

Al igual que las personas algunas de nuestras mascotas necesitan estar documentadas

Carmen Aniorte

Al igual que las personas algunas de nuestras mascotas necesitan estar documentadas . Según las normativas municipales el animal ha de encontrarse debidamente documentado, y el propietario o tenedor ha de estar en c ondiciones de poner dicha documentación a disposición de la autoridad competente cuando le sea requerida. Para ello hay que inscribirlo en el Registro de Animales de Compañía antes de los 3 meses desde su nacimiento.

Desde la primera visita al veterinario, el perro o gato dispondrá de una cartilla o tarjeta sanitaria en la que se deben reflejar los siguientes datos: número de identificación del animal, nombre del ejemplar, sexo, nombre y domicilio del propietario así como la fecha y sello oficial de cada una de las vacunas , desparasitaciones que se vayan realizando a lo largo de los años de vida del animal. La implantación del chip la tiene que llevar a cabo un veterinario. Esta pequeña cápsula (del tamaño de un grano de arroz) colocada en el cuerpo del animal, a la altura de la nuca, almacena un código de números único que viene a ser como el D.N.I. del perro o el gato. A diferencia de los humanos que cada determinado tiempo tenemos que renovar el documento el microchip se coloca una sola vez en la vida de la mascota y permanece en su cuerpo para siempre. La información queda registrada en la base de datos del Censo Canino que tiene cada Comunidad Autónoma, en el que se almacena (nombre del dueño, su dirección y uno o dos números de contacto).

Para poner el chip los veterinarios recomiendan que el animal tenga entre mes y medio y dos meses . Después de esa edad, se puede colocar en cualquier momento. Es muy importante que los datos que se proporcionen al veterinario sean los correctos, ya que esta información es la que queda registrada y la que se utilizará en caso de extravío del animal. Del mismo modo, cuando el animal fallezca, también hay que comunicarlo mediante un documento firmado por el veterinario . La identificación por chip ayuda a evitar el abandono, ya que la ley castiga con sanciones bastante elevadas a las personas que abandonan o maltratan a un animal. De esta manera, aunque hay seres desalmados que son capaces de arrancar el chip antes de abandonar a su suerte a su mascota, con el chip se puede probar quién es el propietario y responsable legal de un animal maltratado o abandonado. En el caso de perros, todo propietario está obligado a contratar un seguro de responsabilidad civil, cuyo precio y plazos estarán en función si el animal está o no calificado como potencialmente peligroso. Compañías como Caser, Axa, Mapfre o Rastreator tienen un apartado dedicado a las mascotas. En base a las distintas comunidades autónomas , la cobertura civil de la tenencia de perro puede estar inscrita en la póliza multirriesgo hogar de nuestra casa. Estos seguros guardan una gran similitud con los que puede contratar un ciudadano para sí mismo. Según la legislación municipal en el caso de poseer animales calificados como potencialmente peligrosos, el propietario debe tener una licencia administrativa que autoriza su tenencia y el documento acreditativo de su inscripción en el Registro de Animales Potencialmente Peligrosos. Si por cualquier circunstancia no puede presentar alguno de estos documentos en el momento de ser requeridos, el propietario dispondrá de un plazo de 10 días naturales para presentarla en la dependencia municipal que corresponda.

Turistas de cuatro patas

Los perros, como las personas, necesitan un pasaporte cuando viajan fuera de España. El documento que permite desplazarse a las mascotas entre los diferentes estados comunitarios recibe el nombre de Pasaporte Europeo para Animales de Compañía. Se trata de una de cartilla sanitaria, válida en todo el territorio comunitario, que certifica que su mascota goza de la salud necesaria para viajar y convertirse sin saltarse las reglas en un perro turista. Este pasaporte es una especie de cartilla sanitaria canina que necesitan tener nuestras mascotas para salir de nuestras fronteras. ¿Cómo se obtiene? Lo primero de todo el animal debe estar identificado con su microchip. Un veterinario autorizado debe certificar que el perro no sufre ningún tipo de enfermedad que le impida viajar. Además debe estar al día de todas sus vacunas.

La rabia, aunque está prácticamente erradicada de España, es la enfermedad que aún —en el tema veterinario— más les preocupa a las autoridades europeas a la hora de conceder el pasaporte. El veterinario, que debe pertenecer a un colegio oficial de veterinarios, será quien le expedirá el pasaporte europeo definitivo, una vez que haya comprobado que su mascota no sufre problemas de salud relevantes. Estos requisitos bastan para la mayoría de los países de la Unión Europea. Pero otros estados como Suecia, Reino Unido, Irlanda, exigen, además, un análisis que descarte que el «turista de cuatro patas» tiene anticuerpos víricos en su cuerpo. Malta y Finlandia, también piden otras pruebas. En el caso finés, por ejemplo, el Gobierno requiere que treinta días antes de emprender el viaje, el perro sea tratado contra el parásito interno responsable de la enfermedad conocida como echinococcosis. Para evitar complicaciones, lo mejor es acudir con bastante anticipación al viaje, a la embajada del país de destino y obtener de primera mano todos los requisitos para viajar junto a su mascota. No hay que olvidar que este Pasaporte Europeo solamente es válido para viajes dentro de la Unión Europea, de tal modo que si quiere saltar el charco y viajar a América, Asia o cualquier territorio no comunitario lo más recomendable es acudir a la embajada o consulado e informarse debidamente para evitar sorpresas de última hora.

Conejos y hurones con papeles

Además de perros, gatos y hurones, los conejos también tienen que tener sus papeles en regla. Aunque son pequeños tienen que disponer de una cartilla sanitaria. En ella vienen las fechas, el tipo de vacuna y el sello del veterinario además de los datos del propietario. También suelen llevar, cuando están identificados, la pegatina con el número del microchip. En el caso de los hurones, en España no existe una documentación para la tenencia de estos «peludos» en casa, solamente la Cartilla Oficial de Vacunación. Esta debe de estar puesta al día en cuanto a vacunas. Lo que está terminantemente prohibido es utilizarlos para la caza. En el caso de estos pequeños animales nuestro consejo es dejarlos en alguna guardería para mascotas que estarán más tranquilos y que a la vuelta sus propietarios los podrán recoger.

Esta funcionalidad es sólo para suscriptores

Suscribete
Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación