Hablamos Español recurre al Supremo la sentencia de Baleares que niega el 25% de castellano en la educación
El fallo del TSJB consideró que el sistema educativo balear no impide un modelo bilingüe mientras el TSJ valenciano falló a favor «en un caso igual», denuncia Gloria Lago
Prohens deniega a cuatro familias que sus hijos estudien en castellano en un colegio de Mallorca

La polémica sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB), que negaba a un padre la posibilidad de que su hijo recibiera al menos el 25% de las asignaturas troncales en castellano como lengua vehicular, acabará en el Supremo. Hablamos Español presentará un recurso de casación ante el Alto Tribunal para intentar conseguir que esta familia, asesorada por la asociación, consiga que su hijo «reciba una proporción razonable de la enseñanza del español, su lengua materna y única oficial en todo el Estado Español».
Según explica en un comunicado, la entidad presidida por Gloria Lago ha decidido tomar esta decisión sobre la base de las «numerosas incongruencias de la sentencia y el hecho de que esta semana el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valencia (TSJCV) haya estimado» su recurso «en un caso igual».
La pasada semana, la Sala Contenciosa Administrativa del TSJIB dictó una sentencia en la que desestimaba el recurso contencioso administrativo presentado por un padre de un centro educativo de Mallorca que solicitaba al Govern balear que su hijo recibiera al menos el 25% de las asignaturas troncales en castellano como lengua vehicular, tanto en el curso en el que estaba como en los siguientes. La resolución judicial avala la resolución administrativa que hizo el Govern de Francina Armengol en la pasada legislatura.
En su fallo los magistrados apuntaban que el sistema educativo balear no impide un modelo binario. Por tanto, la pretendida imposición de que el 25% de las asignaturas troncales se impartan utilizando el español o castellano como lengua vehicular, ya no tienen el soporte de ser el único medio de respetar lo indicado por el Tribunal Constitucional y Tribunal Supremo.
La sentencia planteaba el argumento de que el padre demandante podía llevar a su hijo a otro centro que asegurase más horas de castellano -porque, en principio, la ley educativa de Baleares lo permitía- algo que, para Hablamos Español, «en Baleares no es posible».
Así lo argumenta también el Magistrado que ha emitido un voto particular discordante con la sentencia, que asegura que «lo realmente determinante es que procede garantizar jurisdiccionalmente al alumno un uso docente mínimo del castellano en un centro en concreto, que, en definitiva, es lo que aquí se pretende. El objeto del recurso es la resolución del 4 de agosto del 2022».
Hablamos Español plantea que «no es cierto que sea constitucional que haya centros en los que toda la enseñanza se vehicula en catalán y centros en los que solo parte de la enseñanza se vehicula en español. Si hay centros en los que se puede estudiar solo en catalán, ha de haber centros en los que se pueda estudiar solo en español, sin perjuicio de que pueda, a mayores, haber centros en los cuales ambas lenguas sean vehiculares».
«Según la doctrina del TC», expone la asociación liderada por Gloria Lago, «en España hay dos posibles modelos lingüísticos, ambos de configuración legal: uno de libre elección de lengua vehicular para todos y otro de conjunción lingüística, exigiendo este último que todos los alumnos reciban la enseñanza utilizando las dos lenguas oficiales como vehiculares. Esto no ofrece duda alguna, y sería inconstitucional el modelo 'binario' que describe el TSJB».
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