Universidades obligará a los profesores a pagar tasas para poder acreditarse
El ministerio se pliega a la Generalitat y pedirá requisitos lingüísticos para acreditar profesores
El borrador del nuevo real decreto de acreditación del ministerio tendrá en cuenta la experiencia profesional
La ley de Universidades se aprueba de forma definitiva en el Congreso con 150 enmiendas de los nacionalistas catalanes
Madrid
Esta funcionalidad es sólo para registrados
Iniciar sesiónLas concesiones del ministro de Universidades, Joan Subirats, a las exigencias del independentismo catalán no han terminado con lo 'conquistado' en la nueva ley de Universidades. Ahora llegan también a los reales decretos que desarrollan la norma, es decir, los que la 'aterrizan' ... en las aulas.
En concreto, el borrador del real decreto por el que se regula la acreditación estatal de los cuerpos docentes universitarios establece que estos deberán cumplir requisitos lingüísticos. Este decreto, además, consuma la posibilidad de que las agencias autonómicas acrediten profesorado y establece, por primera vez, el pago de tasas para este proceso.
Las primeras licencias (sobre todo a ERC) se pusieron de manifiesto durante la tramitación parlamentaria de la nueva ley. Fue entonces cuando se incluyó en el texto que los campus deben fomentar y facilitar el conocimiento y el uso «como lengua de transmisión universitaria de las lenguas oficiales» propias de sus territorios.
Los rectores rechazan la ley de enseñanzas artísticas dos días después de su aprobación: «No es aceptable»
S. S.La Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas (CRUE) señala las exigencias dispares de estas disciplinas con los grados universitarios
También se abrió la puerta, por primera vez, a que los profesores laborales (figura mayoritaria en Cataluña) puedan ser rectores y, la guinda del pastel, que en los claustros se puedan «analizar y debatir otras temáticas de especial trascendencia».
Este último fue un añadido que pasó desapercibido hasta que la diputada de ERC, Marta Rosique, se refirió a él: «Hasta ahora, universidades como la de Barcelona o la Politécnica de Cataluña eran denunciadas ante los tribunales por posicionarse sobre temas de profunda actualidad política y de afectación en su entorno. Cuando se apruebe esta ley, las universidades podrán analizar y debatir temáticas de actualidad por ley. Basta ya de limitar la libertad de expresión», dijo.
La ley permite también que las agencias autonómicas puedan acreditar profesorado (algo que siempre ha hecho la agencia estatal, es decir, la Aneca). Aprobada ya la ley en las Cortes llegan ahora los reales decretos de desarrollo de la misma, donde parece que siguen las cesiones.
El nuevo requisito del pluralismo lingüístico
El borrador de real decreto señala que el procedimiento de acreditación garantizará la «imparcialidad de los miembros de los órganos de acreditación»; contará con una evaluación con «impacto social» y que esté basada «en la especificidad del área o ámbito de conocimiento, teniendo en cuenta, entre otros criterios, la experiencia profesional, en especial cuando se trate de profesiones reguladas y enseñanzas artísticas, la relevancia local, el pluralismo lingüístico y el acceso abierto a datos y publicaciones científicas».
Pago de tasas
Otra de las grandes novedades del decreto es que, por primera vez, será necesario el pago de tasas. «La participación en el procedimiento de acreditación podrá exigir el abono de las tasas que anualmente se determinen en los Presupuestos», dice el texto.
Las agencias autonómicas también podrán acreditar
Algo que quedó claramente fijado en el cuerpo del texto de la ley: las agencias autonómicas también podrán acreditar profesorado. «El acceso a los cuerpos docentes universitarios exigirá, además del título de Doctor/a, la previa obtención de una acreditación por parte de la Aneca que, valorando los méritos y competencias de las personas aspirantes, garantice la calidad en la selección del profesorado funcionario en el conjunto del país.
La Aneca acordará, mediante convenio, el desarrollo de la evaluación de dichos méritos y competencias por parte de las agencias de calidad de las comunidades autónomas». En este borrador de real decreto, esta opción se consolida. Así, vuelve a señalar que la «Aneca acordará, mediante convenio, el desarrollo de la evaluación de méritos y competencias por parte de las agencias de calidad de las comunidades que lo soliciten».
Condiciones para poder acreditarse
En el caso de los profesores titulares será requisito para obtener la acreditación, «la realización de actividades de investigación o docencia por un periodo acumulado de, como mínimo, nueve meses, en universidades y/o centros de investigación distintos de aquella institución en la que se presentó la tesis doctoral». En el caso de los que quieran ser catedráticos, el texto señala que podrán optar a la acreditación los «profesores titulares de Universidad y los profesores permanentes laborales».
Además, en cuanto a los méritos evaluables y criterios de evaluación en general se pedirá, respecto a la investigación y transferencia e intercambio del conocimiento, un «número reducido de contribuciones relevantes con una explicación narrativa breve sobre calidad, impacto o relevancia científica, social y/o local sustentada por los indicadores de calidad que el candidato quiera aportar».
En cuanto a la docencia, se exigirá «un tiempo mínimo de experiencia docente universitaria, que variará en función del cuerpo docente para el que se solicite la acreditación, así como una valoración positiva de calidad». También habrá méritos (solo para catedráticos) para los que habrá que demostrar «evidencias significativas de una trayectoria de liderazgo y reconocimiento externo a la institución donde prestan servicios, tanto en lo relacionado con la actividad docente como con la investigadora».
También se incorporan méritos relacionados con la actividad profesional y se destacan, especialmente, las profesiones reguladas y las enseñanzas artísticas. Esto viene a entroncar con la recientemente aprobada ley de enseñanzas artísticas aprobada por el Ministerio de Educación que tanto ha molestado a los decanos de las Facultades de Bellas Artes (y al propio Consejo de Universidades) y que denunció la equiparación entre las enseñanzas artísticas superiores y las universitarias porque las exigencias de unas y otras son diferentes.
La Aneca se hace con el control de las comisiones
Las comisiones de acreditación serán «designadas por las persona titular de la dirección de la Aneca», es decir, en este caso, Pilar Paneque que fue nombrada recientemente tras la salida de Mercedes Siles, que criticó públicamente que las agencias autonómicas pudieran acreditar.
Además, en cuanto al procedimiento para la designación de los miembros de las comisiones, la Aneca, «oídas las sociedades científicas correspondientes u otros actores relevantes propondrá al Consejo de Universidades el nombramiento de hasta un 50% de los miembros de las comisiones». El resto de miembros de las mismas «será designado mediante un sorteo público» que hará la Aneca.
Por otro lado, la titular de la dirección de Aneca «designará y nombrará, de entre los miembros de las comisiones, la que ejerza la presidencia de cada comisión, atendiendo a criterios tales como la antigüedad , la experiencia en gestión o evaluación, o los méritos científico-técnicos».
Control de quién acredita y quien no
La Aneca creará una comisión de evaluación y seguimiento para controlar quién se acredita y quién no. Estará formada por «personas investigadoras y expertas en administración pública, análisis de políticas públicas, análisis y evaluación de política científica, entre otros.
Límite de sesiones alcanzadas
- El acceso al contenido Premium está abierto por cortesía del establecimiento donde te encuentras, pero ahora mismo hay demasiados usuarios conectados a la vez. Por favor, inténtalo pasados unos minutos.
Has superado el límite de sesiones
- Sólo puedes tener tres sesiones iniciadas a la vez. Hemos cerrado la sesión más antigua para que sigas navegando sin límites en el resto.
Esta funcionalidad es sólo para suscriptores
Suscribete
Esta funcionalidad es sólo para registrados
Iniciar sesiónEsta funcionalidad es sólo para suscriptores
Suscribete