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Cuatro magistrados del TC advierten de que la inclusión de alumnos con necesidades especiales es algo más que una ratio

En su voto particular a la sentencia de la ley Celáa señalan que la voluntad de los padres no tiene por qué coincidir con el interés del menor

El Constitucional avala la ley Celáa y asegura que garantiza el «equilibrio» entre castellano y lenguas autonómicas

Imagen de recurso de un aula especializada
Nati Villanueva

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«La simple incorporación de los alumnos que presentan necesidades educativas especiales a los centros educativos ordinarios no puede considerarse inclusión (...). La inclusión requiere de la realización en los centros de los ajustes necesarios que garanticen a esos alumnos un entorno en el ... que se asegure que la relación con los demás será positiva y contribuya a la integración de aquellos en la sociedad, en la medida de lo posible«. Así lo aseguran cuatro de los once magistrados del Tribunal Constitucional en un voto particular conjunto en el que discrepan con tres aspectos concretos de la sentencia de la mayoría que avaló la ley de Educación conocida como ley Celáa: la integración del alumno con discapacidad, la negativa a ayudar a los centros educativos que separan a los alumnos por sexos y la enseñanza de la Religión.

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