Belarra rectifica su ley de Servicios Sociales tras poner en peligro las ayudas a las víctimas de violencia de género

Tras la información de ABC, la ministra elimina de su ley de Servicios Sociales la opción de obtener ayudas sin estar al corriente de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social

También fulmina el apartado que hacía peligrar las prestaciones a las víctimas de violencia de género

Un error en la ley de Belarra podría dejar sin ayudas a las víctimas de violencia de género

La ministra de Derechos Sociales, Ione Belarra, en la rueda de presa posterior a la reunión del Consejo de Ministros JAIME GARCÍA

La ley del solo 'sí es sí' no es la única que está dando dolores de cabeza a Podemos por sus errores. El Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 elaboró una norma de servicios sociales que permitía el acceso a ayudas públicas ... sin estar al corriente de las deudas con Hacienda y que, además, ponía en peligro (por lo que parecía un 'error' técnico) las ayudas a las víctimas de violencia de género . ABC informó del contenido al adelantar el anteproyecto antes de su aprobación en Consejo de Ministros y la norma, finalmente, fue modificada tras llegar a Moncloa el pasado 17 de enero.

La ley de servicios sociales señalaba en su versión anterior a su aterrizaje en el Consejo de Ministros que se podían «exceptuar las ayudas de emergencia de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones». ¿Esto que significa? Que para acceder a dichas ayudas públicas de emergencia no hacía falta estar «al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en la forma que se determine reglamentariamente», tal y como indica la ley de subvenciones como condición para ser beneficiario. Este apartado, sin embargo, fue modificado tras la información de ABC y al llegar la ley al Consejo de Ministros como pudo comprobar este periódico al acceder a la nueva versión.

Evitar «dilaciones»

Antes de modificarse, la ley buscaba que la «ciudadanía acceda a los servicios sociales sin dilaciones injustificables ni desiguales entre territorios». En el artículo sobre «simplificación del acceso al derecho» lo explicaba con más detalle: «Al fin de promover la agilidad de la respuesta pública a situaciones de vulnerabilidad, emergencia o urgencia social, las prestaciones económicas de emergencia o urgencia social gestionadas por los servicios sociales a favor de perceptores que sean personas físicas quedan excluidas del ámbito de aplicación de la normativa general de subvenciones».

Todo esto, sin embargo, fue modificado tras la información de este periódico en el texto que se aprobó en Consejo de Ministros. En la exposición de motivos se señala ahora que la ley pretende «desarrollar una regulación específica, dentro de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de las ayudas económicas de emergencia que los servicios sociales dan a las personas físicas para reducir los tiempos de gestión». Al modificarse el texto e incluirse ahora la ley de subvenciones, el ciudadano deberá estar al corriente de sus obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social. También se modifica, por tanto, el artículo ya mencionado sobre el derecho de acceso a la simplificación: «Al fin de promover la agilidad de la respuesta pública a situaciones de vulnerabilidad, emergencia o urgencia social, las prestaciones económicas de emergencia o urgencia social gestionadas por los servicios sociales a favor de perceptores que sean personas físicas contarán con una regulación específica en el marco de la normativa general de subvenciones. Estas prestaciones deberán registrarse en la tarjeta social digital», dice la nueva versión.

Un polémico 'error'

Otra de las modificaciones, también en la información de este periódico, deriva de la anterior y ponía en peligro las ayudas a las víctimas de violencia de género. ¿Cómo? La modificación en la ley de subvenciones que hizo la ministra de Derechos Sociales, Ione Belarra, obligaba a añadir en dicha norma un nuevo apartado, el llamado «i», para dejar exceptuadas de la ley de subvenciones las mencionadas ayudas de emergencia. El problema es que al hacerlo y tras dar un rápido repaso a la dicha ley de subvenciones se evidenciaba que el apartado «i» que supuestamente se tenía que añadir ya existía.

¿Y qué dice ese apartado? Estipula que no tienen carácter de subvención, «i) las ayudas económicas a las víctimas de violencias sexuales concedidas según lo establecido en el artículo 41 de la Ley Orgánica de garantía integral de la libertad sexual y en la Ley 35/1995, de 11 de diciembre, de ayudas y asistencia a las víctimas de delitos violentos y contra la libertad sexual».

Cuando se publicó la información, expertos consultados señalaron a este periódico que si bien la ley de Servicios Sociales alude a este famoso nuevo apartado «i» como de «adición» se trata de un 'error' que tiene fácil corrección. Más grave hubiera sido que al hacer el cambio en la ley de subvenciones se hablara de «sustitución» de un apartado por otro, apuntaron.

Finalmente, esto se corrigió en la versión que entró al Consejo de Ministros. Básicamente, lo que hizo Belarra fue eliminar la disposición adicional donde se aludía al famoso apartado «i», de manera que sigue vigente el de las ayudas a las mujeres víctimas de violencia de género. La norma se encuentra actualmente en audienca pública y deberá pasar en segunda vuelta por el Consejo de Ministros. La última versión está publicada (con mínimos cambios adicionales aparte de los ya mencionados) en la web del ministerio de Derechos Sociales.

La norma, de la que ingformó ABC, dejaba fuera de la ley de subvenciones a los beneficiarios de las ayudas de emergencia. Eso suponía que se podían disfrutar sin pagar las deudas a Hacienda. El nuevo texto muestra que se ha corregido ABC

Otras novedades

En la misma línea con las ayudas de emergencia, otra de las herramientas que propone el texto de Belarra (y que sí ha mantenido) es que la ley impedirá que pueda solicitarse como requisito para el acceso a un servicio o prestación básica «un tiempo mínimo de empadronamiento o residencia».

Por otro lado, la ley define los servicios sociales como «la principal respuesta a las necesidades de apoyo social de las personas, por encima de las iniciativas privadas, con o sin ánimo de lucro; siendo el elemento articulador del conjunto de cuidados y apoyos sociales profesionales disponibles en nuestra sociedad». En este mismo sentido, añaden que «quedan excluidas de la aplicación de esta ley las entidades de índole privada, que prestan apoyos sociales sin mediar relación contractual con las Administraciones Públicas competentes, así como aquellos que se presten en el marco de subvenciones o convenios». El texto pone de manifiesto así que la privada no recibirá ningún tipo de apoyo, al menos a través de esta norma salvo que esté concertada.

Catálogo común de servicios

Por otro lado, en su exposición de motivos, el texto también señala que con su aprobación se busca «articular los sistemas autonómicos de servicios sociales en una red integrada única mediante dos componentes fundamentales: la definición de un suelo mínimo común de atención en todo el territorio y un sistema común de información». Además, señala que «respetando plenamente el artículo 148 y reconociendo que son las comunidades las competentes y las que mejor conocen la situación, fortalezas y desafíos de los servicios sociales, la ley mandata a las propias comunidades a acordar, en el seno de la Conferencia Sectorial de Servicios Sociales, un catálogo común de servicios y prestaciones esenciales».

En este catálogo, los servicios y prestaciones deberán contener la siguiente información: nombre de la prestación o servicio; definición o actuaciones que comprende; población destinataria, criterios para su identificación y, si procede, para la priorización en el acceso al servicio o prestación básica; forma de acceso y requisitos de calidad.

Ayuso critica a Belarra por la ley en Twitter: «El traje a medida hecho para los que no cumplen»

Cuando ABC publicó en su portada que las ayudas de emergencia podrían recibirse sin estar al corriente de las deudas con Hacienda, la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso se hizo eco de la información en su cuenta de Twitter. Junto a la imagen de la portada escribió: «Preocupa muchísimo la inseguridad jurídica. El traje a medida hecho para los que no cumplen. Y los autónomos, pequeños y medianos empresarios y las familias, que no pueden más». La ministra Ione Belarra le contestó a Ayuso (aunque sin desmentir a ABC): «Noticias del ABC hechas a medida de Díaz Ayuso gracias a los 328.000 euros de publicidad institucional en 2021. Los que no pueden más son los madrileños y las madrileñas, hartos de corrupción, como Avalmadrid o el contrato de mascarillas a su hermano».

Artículo solo para suscriptores
Tu suscripción al mejor periodismo
Anual
Un año por 15€
110€ 15€ Después de 1 año, 110€/año
Mensual
5 meses por 1€/mes
10'99€ 1€ Después de 5 meses, 10,99€/mes

Renovación a precio de tarifa vigente | Cancela cuando quieras

Ver comentarios