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El Supremo reconoce una paternidad no biológica frente a la biológica por el interés de la menor

Niega a la madre legitimación para borrar al padre de facto del registro y señala que es él el que la reconoció como hija desde que estaba en el vientre de su madre; la progenitora actúa por «intereses particulares», no por el bien de la niña, dice

Nati Villanueva

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La Sala Civil del Tribunal Supremo ha reconocido una paternidad no biológica frente a la paternidad biológica ser la primera la que más beneficia a sus intereses de la menor. Los magistrados niegan legitimidad a la madre de la niña para ejercitar en nombre ... de su hija la acción de reclamación de la filiación extramatrimonial pues consideran que hay un conflicto entre el interés de la progenitora y el superior interés de la menor.

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