Kamikazes, los delincuentes de la carretera
No hay semana que no se pille a algún kamikaze en las vías españolas. La mayoría van hasta arriba de alcohol o droga y circulan a gran velocidad. Sus homicidios se suelen juzgar como accidentes. Ahora algo empieza a cambiar
Retiran uno de los vehículos implicados en un accidente en el que fallecieron dos personas, tras una colisión frontal causada por un kamikaze en Tibies en 2019 (Alicante)
Casi todas las semanas la Guardia Civil, las cámaras de tráfico u otros conductores pillan a algún kamikaze en las carreteras españolas. Algunos son conductores que se equivocan, como la mujer alemana de 75 años que el 9 de enero provocó un accidente en la ... autovía de Valencia a Alicante, tras circular unos 30 kilómetros en dirección contraria. También hay algún conductor suicida o afectado por un trastorno mental , como el hombre con esquizofrenia paranoide que en 2007 mató a dos personas mientras circulaba en dirección contraria en la A-6 en Valladolid, convencido de que eran los demás los que iban mal. Pero la mayoría de los kamikazes no son ni ancianos ni padecen ningún trastorno, sino que suelen ir hasta arriba de alcohol, de drogas o de ambas sustancias, circulan a gran velocidad, desprecian la vida de los demás, hacen carreras y muchas veces ni siquiera tienen permiso de conducir, porque Tráfico o la Justicia ya se los han retirado con anterioridad.
Milagrosamente, la mayoría de las veces no se les cruza nadie en su frenética carrera y su caso apenas ocupa espacio en los medios de comunicación. De ellos solo se habla cuando se llevan por delante la vida de alguien. En esos casos, casi todos los kamikazes son juzgados por homicidio imprudente , como si lo ocurrido hubiera sido un accidente de verdad. Pero los abogados de algunas víctimas ya han conseguido que se les juzgue por homicidio con dolo eventual , al demostrar que estos conductores eran plenamente conscientes del riesgo que conllevaba su conducta y que podían haberlo evitado, pero no lo hicieron. Como planteó la letrada Bárbara Royo en un juicio contra un kamikaze, «¿qué diferencia hay entre matar con una pistola y matar con un coche?».
La diferencia de la condena entre imprudencia y dolo es abismal. Por ejemplo, el kamikaze que mató a Marta Soria Capdevila , de 27 años, el 16 de octubre de 2016, solo fue condenado a dos años y seis meses de cárcel por homicidio imprudente. Sorín Ionut, de 25 años y natural de Rumanía, circulaba sin luces, a más de 125 kilómetros por hora (el límite era de 90) por la N-240 en dirección a Lérida y hacía carreras con otro coche de alta gama, cuando invadió el carril contrario y chocó contra el vehículo de Marta, que salió despedido y acabó sumergido en un canal. Sorín, que dio positivo en cocaína, no auxilió a la víctima. Según el padre de Marta, Carlos Soria, tardaron media hora en encontrar a su hija porque los ocupantes del coche del kamikaze ni siquiera dijeron que había otro vehículo implicado. A pesar de sus esfuerzos, la familia no consiguió que se juzgara al kamikaze por homicidio con dolo, sino por imprudencia, aunque su caso sí sirvió para endurecer las penas por delitos de tráfico.
El kamikaze Kevin Cui
«Es tradición en España que los kamikazes se sienten en el banquillo por homicidio imprudente. Así ocurre el 99,9 por ciento de las veces », explica la abogada Bárbara Royo , que ha conseguido dos sentencias pioneras en Madrid que han condenado a dos kamikazes por homicidio con dolo eventual.
Uno de ellos es Kevin Cui , de origen chino, que ha sido condenado a ocho años de cárcel, tras aplicársele dos atenuantes: reparación del daño y alcoholemia. Su defensa ha recurrido la duración de la pena. El 15 de septiembre de 2019 Cui circulaba por la M-50 borracho, en dirección contraria y a 146 kilómetros por hora, cuando chocó contra el vehículo de Víctor López, de 20 años, y le mató . Los padres de Víctor habían perdido un año antes a su otro hijo, Roberto, que se suicidó, y a la nueva muerte le siguió otra tragedia. Dos semanas después de que se conociera la sentencia, el progenitor de Víctor se quitó la vida en el mismo lugar que su hijo: se ahorcó en una cancha de baloncesto.
La abogada Bárbara Royo ha conseguido que dos kamikazes hayan sido condenados por homicidio con dolo eventual, y no imprudente
A pesar del trágico desenlace, el caso de Víctor López ha abierto un precedente de enorme trascendencia para las víctimas, ya que por primera vez en Madrid un kamikaze se ha sentado ante un jurado y ha sido condenado por homicidio con dolo eventual. «Es una batalla importantísima -explica la abogada- porque la tradición en España es que los hechos al volante se califiquen como simples accidentes, en los que nadie tiene la culpa, o si alguien tiene la culpa es un homicidio imprudente. Y esto no es así: hay casos y casos . Cuando una persona coge el coche borracha y sabe a lo que se puede enfrentar y que puede quitar una vida, y hay una conciencia de que puede llegar a producir una muerte... Eso, desde mi punto de vista, se califica como un dolo eventual, no como un homicidio imprudente».
Ana Novella, presidenta de Stop Accidentes, también coincide en que a ese tipo de siniestros no se le puede llamar «accidentes». En su opinión, « el 90 por ciento de los casos no son accidentes , porque no son ni casuales ni accidentales, y se podrían haber evitado. Son siniestros viales que se deben a que el conductor no ha cumplido las normas, ya sea por velocidad indebida, por consumo de alcohol o drogas o por no respetar las señales», afirma.
A la salida de la discoteca
La segunda sentencia pionera llegó días después de que el jurado dictase veredicto de culpabilidad por la muerte de Víctor. La misma abogada, Bárbara Royo, tenía otro juicio de otro kamikaze. Se trataba de Pablo C. , que el 8 de diciembre de 2019, tras salir de una discoteca en Alcorcón, borracho y drogado, se incorporó en dirección contraria en la A-5. Diez kilómetros después chocó con el coche que conducía Javier N.P. , y lo mató. Javier acababa de dejar a su mujer en la estación para que fuera a trabajar y regresaba a casa a cuidar de su hija pequeña. Los abogados del acusado «no querían ir a juicio y pactaron conmigo el dolo eventual. Aceptaron la responsabilidad civil, a cambio de que yo le rebajara un poco la pena, a siete años», explica Royo.
La abogada tiene pendiente otro juicio a un conductor de Barcelona. «Este no circulaba en dirección contraria , pero iba borracho y era reincidente. Tuvo otra condena por lo mismo tiempo atrás». Este caso se ha empezado a instruir como homicidio imprudente, pero la letrada va a pedir que se transforme a dolo eventual.
42.448: Son las penas de privación del derecho a conducir dictadas en 2020, según la Memoria de la Fiscalía.
38.244: Son las condenas dictadas el año pasado por conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas.
La Memoria de la Fiscalía
Ni Tráfico ni la Fiscalía de Seguridad Vial facilitan datos de kamikazes. Tampoco la Memoria de la Fiscalía alude a ellos en concreto, pero sí facilita datos muy reveladores sobre la llamada delincuencia vial. El año pasado, a pesar de ser un año atípico por el confinamiento, se dictaron 42.448 penas de privación del derecho a conducir , se abrieron 1.562 procedimientos judiciales por conducir a velocidad excesiva (un 75% más que en 2019), se dictaron 38.244 condenas por conducir bajo la influencia de alcohol o drogas, 24.156 por conducir sin permiso, 1.433 por conducción temeraria y 82 por hacerlo con desprecio a la vida de los demás.
Solo el pasado diciembre, los medios de comunicación recogieron media docena de casos de kamikazes. El día 11 una conductora de 27 años, borracha, condujo doce kilómetros en dirección contraria por la carretera de La Coruña en Madrid hasta que chocó con otro coche a la altura del Arco de Moncloa y provocó siete heridos. El día 14, un kamikaze de 38 años que circulaba a alta velocidad fue detenido en Vigo. No tenía permiso de conducir ni seguro del vehículo, dio positivo al cannabis y en el maletero llevaba más de cien kilos de cobre quemado.
El 16 de diciembre los Mossos d'Esquadra detuvieron en Torredembarra (Tarragona) a un hombre de 37 años que se saltó un control de alcoholemia, circuló diez kilómetros en dirección contraria , sin luces, chocó contra un motorista, al que hirió, y con varios coches de policía. Circulaba bajo los efectos de las drogas y no tenía carné de conducir.
El día 20 otro hombre borracho fue detenido en Almería tras conducir más de 30 kilómetros en dirección contraria por la autovía del Mediterráneo. El 25 un conductor de 40 años que circulaba en dirección contraria a gran velocidad en Son Banya (Mallorca) chocó contra un árbol y su vehículo volcó. Y el 28 de diciembre un hombre con claros signos de embriaguez condujo una furgoneta en dirección contraria en el municipio granadino de Cúllar Vega, chocó contra varios vehículos aparcados y contra otro frontalmente, a cuyo conductor amenazó. Huyó de la Guardia Civil, volvió a chocar, intentó atropellar a los agentes y finalmente se estrelló contra un macetero, donde fue reducido por los guardias civiles.