La justicia condena al País Vasco a pagar una beca de transporte escolar que denegó a un niño por estudiar en castellano
El juez concluye que «la administración actuó con notable desfachatez» y en lugar de ayudar a la familia «puso trabas como consecuencia del modelo lingüístico elegido por los padres para su hijo»
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Iniciar sesiónLa justicia acaba de dar la razón a David frente a Goliat . Una madre del País Vasco ha ganado la batalla contra el departamento de Educación del gobierno vasco, que denegó la beca de transporte escolar a su hijo por estar matriculado ... en un centro concertado con enseñanza en castellano.
La administración pública se había negado a pagar la ayuda alegando que para que el alumno tuviera derecho a la asignación económica de transporte escolar debía estudiar en un colegio público o, en el caso de hacerlo en un concertado, que dicha matriculación se hubiera procedido por indicación de la Administración educativa. El departamento vasco de Educación consideraba que l a matriculación del niño era una elección que realizaban libremente los padres del alumno y, por tanto, el menor no tenía derecho a beca.
Los padres, sin embargo, demostraron que matricularon a su hijo en un centro concertado al no haber plazas del modelo A (línea en castellano) en los centros públicos en toda Guipúzcoa. «Entendíamos que se estaba produciendo una discriminación no permitida por la ley y una vulneración del artículo 14 de la Constitución Española, así como la Declaración de los Derechos del Niño», explica a ABC la madre denunciante.
La sentencia 52/2021 del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 3 de Vitoria-Gasteiz es demoledora. Da la razón a los padres, condena al Gobierno de Íñigo Urkullu en una sentencia firme y carga contra el departamento vasco de Educación acusándolo de tener «una notable desfachatez y, en lugar de ayudar no hacer más que poner trabas como consecuencia del modelo lingüístico elegido por estos padres para su hijo».
Según el juez, «se evidencia el absoluto cinismo de la posición de la Administración Pública y, por ende, la vulneración del artículo 14 de la Constitución Española». Culpa a «la administración educativa de haber empujado a los recurrentes con su acción -u omisión- a matricular a su hijo en un centro privado concertado, sin ofrecer una solución real» y de «impedirles el acceso a unas ayudas a las que tienen derecho».
Reprocha a Educación que dijera que «no es posible la escolarización del menor en el modelo lingüístico pretendido por los padres, ‘por no ser posible ni viable la conformación de un grupo’, como si la Administración Pública tuviera que buscar una suerte de rentabilidad o de análisis de gastos-beneficios».
El hijo de Luisa tiene 8 años pero los problemas empezaron hace 7, cuando fue a escolarizarlo con dos. Luisa pidió un modelo A -línea en castellano- y la administración se lo denegó. «Me dijeron que si no cogía un modelo D ( enseñanza en euskera como lengua vehicular , excepto en la asignatura de Lengua y Literatura Castellana) en un centro público, el niño se quedaría sin plaza hasta 1º de Primaria», denuncia la progenitora y coordinadora de Hablamos Español en el País Vasco.
Efectivamente, llegó septiembre y el pequeño se quedó fuera, así que Luisa se planteó un traslado a Salamanca. Elevó una queja al Defensor del Pueblo y al Ararteko (defensor del pueblo vasco), que le dieron la razón y le indicaron que Educación tenía que facilitarle un colegio concertado por la no existencia de plazas de línea en castellano en la pública.
Era diciembre y el niño seguía sin escolarizar . Con las maletas preparadas para irse a Salamanca, el 15 de enero, el Gobierno vasco aceptó y Luisa lo matriculó en un colegio concertado a 7 kilómetros de su casa.
Los problemas empezaron cuando el menor cumplió tres años y solicitaron la ayuda de transporte escolar que le correspondía. «Nos la denegaron con dos informes falsos donde decían que nos dieron a elegir un listado de colegios con modelo B (bilingüe castellano y euskera) y que no aceptamos. Eso es imposible básicamente porque no hay línea B en Infantil», apunta Luisa , que denuncia la ausencia de enseñanza en español en el País Vasco, pese a las tres líneas existentes.
Esta familia decidió acudir nuevamente al Defensor del Pueblo y, por segunda vez, les dijo que tenía derecho a la beca, pero el gobierno vasco siguió denegándola. Luisa y su marido la reclamaron cada curso durante tres años . Paralelamente, solicitaron sin éxito a la Fiscalía que investigara la presunta vulneración de los derechos fundamentales del niño: «Era un documento de 48 páginas y lo archivó al día siguiente, con los mismos argumentos de la administración vasca, repitieron la misma mentira de la administración educativa», afirma esta madre.
«La Fiscalía los remitió al juzgado de guardia y la denuncia acabó en el juzgado de lo penal, que estimó que pudo haber falsedad documental ¡entre particulares! Aunque lo archivó por falta de pruebas». A la vez que llegaba la tercera denegación de la ayuda escolar, Luisa interpuso la tercera denuncia. A la cuarta fue la vencida y el cuatro de febrero de 2021 la justicia le dio la razón.
Tras esta larga batalla, está contenta. Cree que el fallo abre un precedente para que los niños de la concertada –que suponen más de la mitad del alumnado del País Vasco- accedan a estas ayudas, pero teme que la administración no cumpla. «Eso sí, después de todo, puedo dar un curso de cómo te fastidia la administración y sobrevivir», bromea.
Las perlas de la sentencia
«Se evidencia el absoluto cinismo de la posición de la Administración Pública, y por ende, la vulneración del artículo 14 de la Constitución Española habida cuenta de la discriminación del niño en el acceso a asignaciones para el transporte escolar y como consecuencia de la elección por sus progenitores del modelo educativo A».
Reprocha que la Administración, «sin tratar de buscar ninguna solución, dijera que no es posible la escolarización del menor en el modelo lingüístico pretendido por los padres, ‘por no ser posible ni viable la conformación de un grupo’, como si la Administración Pública tuviera que buscar una suerte de rentabilidad o de análisis de gastos-beneficios en un área que incide directamente sobre un derecho fundamental, como es el derecho a la educación que recoge el artículo 27 de la Constitución Española».
«La administración educativa haya empujado a los recurrentes con su acción -u omisión- a matricular a su hijo en un centro privado concertado que ofreciera el modelo lingüístico por ellos elegidos, sin que la Administración les haya ofrecido una solución real» y que «se les ha discriminado con las resoluciones impugnadas, impidiéndoles el acceso a unas ayudas a las que tienen derecho».
«La omisión de las obligaciones de la administración pública no puede repercutir en el derecho de los recurrentes a obtener las ayudas interesadas, porque en caso contrario se estaría discriminando -como se está haciendo- al hijo de los recurrentes en el acceso a unas ayudas públicas por la sola elección de un modelo lingüístico al que tienen derecho, y que la administración educativa no les facilita, como indican las Resoluciones de Ararteko».
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