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España permite desde este lunes la entrada de viajeros que acrediten estar vacunados

Los medicamentos aceptados hasta la fecha por la EMA o la OMS son Pfizer, Moderna, AstraZeneca y Janssen, Sinopharm y Sinovac-Coronavac

Cuántas dosis tiene la vacuna de Janssen

Imagen de archivo de llegadas de viajeros al aeropuerto de Madrid ISABEL PERMUY / Vídeo: ATLAS

EP

España permite desde este lunes la entrada de viajeros que acrediten estar vacunados contra el Covid-19 desde terceros países a la Unión Europea y países asociados a Schengen, salvo India, Brasil y Sudáfrica.

Así lo refleja la orden publicada este sábado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) por la que se modifica la Orden INT/657/2020, de 17 de julio, por la que se cambian los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19 .

La publicación del BOE, que está en vigor desde las 00.00 horas del 7 de junio, señala que el momento actual recomienda la introducción de un nuevo criterio relacionado con la vacunación.

En concreto, la nueva modificación permite la entrada a España de personas provistas de un certificado de vacunación que el Ministerio de Sanidad reconozca con este fin, previa comprobación por las autoridades sanitarias, así como los menores acompañantes a los que el Ministerio extienda los efectos.

Los medicamentos aceptados hasta la fecha por la EMA o la OMS son Pfizer, Moderna, AstraZeneca y Janssen, Sinopharm y Sinovac-Coronavac.

«Cuando se trate de personas llegadas a cualquier aeropuerto situado en el Reino de España, con o sin escalas intermedias, en vuelos desde aeropuertos situados en terceros países, a las que se someta a cuarentena por Orden del Ministerio de Sanidad, mientras esa orden esté en vigor, solo serán de aplicación las excepciones recogidas en las letras d), e) e i), salvo que se trate de personas residentes en España o en Andorra, o cónyuges de ciudadanos españoles o parejas con la que estos mantengan una unión análoga a la conyugal inscrita en un registro público, o aquellos ascendientes y descendientes que vivan a su cargo, siempre que viajen con o para reunirse con el ciudadano español», recoge el BOE.

Con cuarentena obligatoria de 10 días solo está en estos momentos la India, pero también existe una limitación a los viajes desde Brasil o Sudáfrica que, en la práctica, les excluye para poder entrar en España pese a estar vacunados.

Las personas que no estén vacunadas tienen que informarse de las restricciones que tiene España sobre los viajes procedentes de sus países para cumplirlas antes de entrar en el territorio. En algunos casos se pueden exigir pruebas de detección del coronavirus con resultados negativos o certificados que demuestren que se ha pasado la enfermedad.

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