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Condenada una pareja de Valencia a no residir en su casa por los ruidos que causaban

La sentencia les obliga a no vivir en la finca durante tres meses después de que la comunidad de vecinos presentara grabaciones de las molestias acústicas

efe

La Audiencia de Valencia ha condenado a un hombre y una mujer a no residir en su propia vivienda durante tres meses después de que sus vecinos de finca les denunciaran por las molestias y ruidos que causaban . La sentencia de la Sección Séptima, a la que ha tenido acceso este lunes Efe, confirma otra anteriormente dictada por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Mislata, contra la que los demandados interpusieron un recurso de apelación.

La comunidad de propietarios de la finca, ubicada en la localidad valenciana de Xirivella, demandó a la pareja por las «molestias y ruidos, sobre todo nocturnos», que provenían de su casa desde finales de 2006.

Las quejas vecinales se plasmaron en diferentes actas de reuniones de la comunidad de propietarios, que llegaron a grabar los ruidos que se generaban en la vivienda. La relación entre demandantes y demandados derivó además en un juicio de faltas por amenazas y agres ión que acabó con sentencia absolutoria, y burofaxes y un acto de conciliación requiriendo a la pareja el cese del ruido denunciado. Las molestias cesaron durante algún tiempo pero se reanudaron en 2009 , como continuaron denunciando los vecinos y consta en diferentes intervenciones policiales.

Según la jurisprudencia que recoge la sentencia, no está permitido al propietario u ocupante de un piso desarrollar en éste actividades prohibidas que resulten dañosas para la finca o contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.

El juez ha considerado probado que las «actividades molestas, nocivas e ilícitas existen» en la vivienda de los denunciados desde el año 2006 y continúan a lo largo de 2009. Les condena, por ello, a la privación del uso de la vivienda de su propiedad durante tres meses y del uso del resto de elementos comunes y los derechos conexos a la propiedad durante este tiempo.

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