Un caso prohibido por ley en España
MADRID. El caso suscitado en Estados Unidos por la pareja de lesbianas sordomudas incumpliría la legislación española. Según explica el profesor Gonzalo Herranz, catedrático de Ética Médica de la Universidad de Navarra, la Ley de Reproducción Asistida de 1988 sólo exige la mayoría de edad ... para tener acceso a la aplicación del diagnóstico genético preimplantacional, la técnica que permite seleccionar un embrión con determinadas características genéticas antes de su implantación en un útero. Pero si bien no existirían problemas derivados por la personal orientación sexual del solicitante, la Ley de 1988 deja claro que el diagnóstico genético preimplantacional sólo puede utilizarse para eliminar el riesgo de enfermedades muy graves. «Y la audición normal no puede considerarse como tal», dice Gonzalo Herranz.
Este acreditado especialista afirma que ya se han producido casos relativamente similares en Estados Unidos. En concreto, relata el episodio protagonizado por una pareja heterosexual, ambos con el síndrome de Waardenburg, que además de sordera causa malformaciones del esqueleto. La pareja quiso concebir un hijo con esa enfermedad, seleccionando un embrión que portara la anomalía genética causante. Pero los centros de fecundación rechazaron la idea por entender que se trataba de un «capricho irracional». El profesor Herranz dice que el caso de la pareja de lesbianas sordas acentúa esta «deslizante pendiente» ética en la que se van sumando concesiones a lo atípico, incluido el derecho a exigir a la ciencia la posibilidad de tener un hijo sordo, algo «deliberadamente injusto para el niño que viene al mundo».
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