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El caso de pederastia de Barcelona se salda con un total de 83 años de cárcel

La trama de pederastia descubierta en el barrio barcelonés del Raval en el verano de 1997 desembocó ayer en la sentencia dictada por la Audiencia de Barcelona, que condena a 66 y 17 años de prisión, respectivamente, al educador infantil Xavier Tamarit, de 44 años, y al informático Jaume Lli,de 43. Los otros tres procesados han sido absueltos por falta de pruebas.

Tamarit, condenado a 66 años, durante el juicio celebrado en Barcelona. Elena Carreras

La Sección Décima de la Audiencia de Barcelona ha condenado a 66 años de cárcel a Xavier Tamarit por siete delitos de abusos sexuales, uno de agresión sexual y otro de utilización de menores con fines exhibicionistas o pornográficos, mientras que a Jaume Lli le impone 17 años por dos delitos de abusos sexuales y uno de utilización de menores.

El tribunal absuelve al resto de los procesados, Josefa Guijarro Ramos, acusada de permitir las agresiones sexuales a sus cuatro hijos menores de edad, y al matrimonio formado por Antonio Durán y Nuria Martín, que fueron juzgados por «alquilar» a su hijo a cambio de beneficios económicos, al considerar que no «queda acreditado» ni el consentimiento ni la inducción a la prostitución.

Tanto Xavier Tamarit como Jaume Lli, que quedaron en libertad provisional en junio de 1999, se encuentran ya en prisión. El primero ingresó en noviembre de 2000, cuando fue acusado de nuevo de abusos a menores. En cuanto a Lli, la Audiencia dictó su encarcelamiento el pasado lunes «ante el riesgo de fuga» en vísperas de hacerse pública la sentencia.

En el caso de Xavier Tamarit, el ponente subraya su «reincidencia» en delitos contra la libertad sexual (fue condenado en 1993 a seis meses de prisión por tres de delitos de abusos) y la «ausencia de sentimiento de culpa». Por ello, el tribunal acuerda que «los beneficios penitenciarios se apliquen a la totalidad de las penas impuestas, 66 años», lo que acercará a Tamarit al cumplimiento de la condena máxima de 20 años dispuesta en el Código Penal.

«PODÍAN REPRIMIR SUS IMPULSOS»

La sentencia de la Audiencia no aprecia circunstancia «eximente o atenuante», como enfermedades o perturbaciones psicóticas, en la actitud de los dos condenados, «que únicamente presentan un trastorno de la conducta que les lleva a buscar la satisfacción de la líbido mediante la relación sexual con menores». Así, se hace hincapié en que Tamarit y Lli «debían y podían reprimir este impulso sexual, porque su condición humana les obliga a ejercer el control de los instintos».

Se considera probado que los dos condenados aprovecharon su implicación con diversas asociaciones del barrio del Raval, relacionadas con la educación infantil, para abusar sexualmente de una decena de menores, dos de ellas niñas. Según la sentencia, «a través de regalos o dinero se captaba la confianza de los menores, lo que no resultaba difícil atendida la situación de precariedad y desarraigo familiar de los mismos, con la finalidad de tener trato sexual».

En el juicio, celebrado a principios de este año, Tamarit asumió su atracción por los niños a la vez que aseguró haberse sometido «voluntariamente» a un tratamiento de castración química. En el caso de Lli, también confesó su amor por varios menores. Sin embargo, ambos negaron los abusos sexuales.

Tras doce sesiones de juicio, la fiscal del caso elevó de 117 a 142 años su petición de prisión, 77 de ellos para Tamarit. Las acusaciones particulares, que reclamaban un total de 140 años, fueron ejercidas por el Ayuntamiento de Barcelona, la Generalitat, un centro de educación del Raval y la asociación Clara Campoamor.

«CADENA PERPETUA ENCUBIERTA»

Estas asociaciones recibieron con satisfacción la sentencia, aunque consideran que existen «indicios de criminalidad» en la conducta del matrimonio y de Josefa Guijarro, por lo que estudian recurrir el fallo. La abogada de Tamarit también anunció un recurso y relató que, al enterarse de la condena, su defendido afirmó que se trata de «una cadena perpetura encubierta».

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