Piden imputar por homicidio a los administradores de la fábrica derrumbada en Coria del Río
Un juzgado de Coria está a la espera de recibir los informes de la Inspección de Trabajo, de Prevención de Riesgos Laborales, y de la arquitecta y de la inspectora de obras del Ayuntamiento
En imágenes: un tornado deja tres muertos al derrumbar una nave agrícola en Coria del Río

Este miércoles, 4 de junio, se cumplen dos meses de la muerte de tres trabajadores por el derrumbe de una nave en Coria del Río por la tormenta y fuertes rachas de vientos que se registraron en esta comarca ribereña aquella mañana, en ... la que la mayoría de los empleados de la empresa agrícola precisamente no había acudido a su puesto de trabajo por las condiciones climatológicas. En la nave en cuestión sólo estaban arreglando maquinaria y aperos del campo dos hermanos, el casero y su hermano, y el encargado de la empresa afincada en el cortijo El Sequero. Los tres murieron. El asunto ya está en los tribunales. Las familias de los fallecidos piden investigar a los tres administradores de la empresa agrícola por homicidio imprudente, cuyas penas podrían rondar los cuatro años de cárcel.
El colapso de la estructura de la nave y el derrumbe de la techumbre acabó con la vida de los hermanos Gallardo, José y Vicente (casero), que vivía en el propio cortijo, ambos naturales de Dos Hermanas, y José Manuel Velázquez (encargado de la finca), de 40 años y vecino de Benacazón. El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número dos de Coria del Río ya tiene abiertas unas diligencias que se dirige contra la sociedad agrícola y sus tres administradores, un varón y dos hijos.
Según detallaron los testigos presenciales de los hechos, viuda de Vicente y un trabajador de una nave contigua. «Tras un estruendo, el tejado tipo paneles sándwich se desprendía y salía disparado por las fuertes rachas de viento y se desplomaban los muros». Un representante y abogado de la empresa agrícola se personó en el lugar de los hechos poco tiempo después del derrumbe y aseguró que hacía dos meses aproximadamente se había hecho una reparación en el techo de la nave.
Los informes que faltan
Transcurridos dos meses, la juez del caso está a la espera de recibir un informe de Prevención de Riesgos Laborales de la Junta; otro de la Inspección de Trabajo; otro de la arquitecta municipal y otro de la inspectora de obras del Ayuntamiento de Coria del Río. Fuentes del caso también señalan que estaría pendiente un informe de los Bomberos. Una vez obre en su poder dichos informes, el siguiente paso sería citar a declarar a los tres administradores solidarios de la sociedad agrícola.
En este caso, José Ignacio Bidón, abogado que lleva los intereses de la familia José Manuel Velázquez, presenta una denuncia por un presunto delito de homicidio imprudente por falta de medidas preventivas y otros delitos que pudiera resultar de la investigación de los hechos contra dicha sociedad agrícola, los tres administradores y dos aseguradoras.
En dicha denuncia, a la que ha tenido acceso ABC, se expone que si la empresa normalmente tiene un plantilla de 22 trabajadores, aquel día y por las inclemencias del tiempo, todos los trabajadores suspendieron sus trabajos y «solamente continuaron estos tres trabajadores fallecidos por indicación del empresario y es claro que en este caso estamos ante una orden irregular del empleador porque con esas inclemencias del tiempo es una temeridad ordenar que sigan trabajando por simple capricho empresarial y como era difícil trabajar al aire libre, le ordena que hagan el trabajo en esa nave y en donde después resultó fatal porque fallecieron los tres, siendo evidente que nos encontramos ante la comisión de un delito de homicidio con resultado de muerte», que podría suponer una pena de cuatro años de cárcel.
E insiste en que «esa orden empresarial nunca debió ocurrir y por tratarse de una orden temeraria, trae como resultado la muerte». Añade que a los trabajadores en ese momento «no se le facilitaron todos los medios de prevención individual ni colectivo y ante tal situación y desplome de la techumbre, mueren fulminantemente y por ello, debe intervenir la acción la justicia penal e investigar todos estos pormenores«.
Para esta acusación, la empresa ha tenido «una intervención decisiva en el citado accidente y entre otras razones porque no cumplió con las normas mínimas de prevención de riesgos laborales y lo que es evidente que este tipo de trabajo o faenas agrícolas en el campo en una nave, no se debe realizar nunca cuando se dan las inclemencias de aquel día pero, incomprensiblemente se suspendieron todos los trabajos y tan solo se dejaron trabajando a tres trabajadores y que después resultaron muertos».
Según esta parte, «no es la primera vez que ocurre un accidente de esta naturaleza en este grupo empresarial y por lo tanto estamos ante un hecho reincidente y en donde no se cumplieron las mínimas medidas que establece el plan de prevención elaborado por la empresa a la vista de la situación de inestabilidad y viento del citado día».
A la espera de que la Agencia Estatal de Meteorología determine el fenómeno meteorológico concreto que se registró aquella mañana, las rachas fuertes de viento fueron la causa del colapso del techo, aunque desde el Servicio Provincial de Bomberos se apuntaba a un tornado. No obstante, la representación procesal argumenta que para que exista un tornado «tiene que haber una velocidad del viento de más de 220 kilómetros por hora y en este caso, tal como se acredita no llega a 60 kilómetros por hora».
En el resumen meteo-climático del mes de abril emitido por la Aemet se expone que dicho mes arrancó con precipitaciones en general débiles, hasta que llegó la borrasca Nuria, acompañada de intensos chubascos, tormentas y vientos muy fuertes de suroeste, sobre todo en Andalucía occidental, «donde se produjeron varios tornados, uno de ellos en Coria del Río, donde se hundió una nave industrial y fallecieron tres trabajadores».
Esta parte interesa que, teniendo en cuenta que como consecuencia de un accidente de trabajo ha ocurrido un perjuicio, que la primera diligencia a tomar por el juzgado, como medida cautelar, debe ser dar protección a los perjudicados y por ello, debe fijar una fianza de 650.000 euros, debiendo requerir a la aseguradora, empresa y administradores dicha fianza o de forma solidaria a todos los denunciados.
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