La Audiencia impone trece años de cárcel al asesino de un vendedor de marihuana en La Puebla
El tribunal atiende la petición de la fiscal y la abogada de la familia de la víctima; los otros seis acusados alcanzaron un acuerdo de conformidad y aceptaron penas de entre seis y ocho meses de prisión
De Málaga a La Puebla de Cazalla para un vuelco de droga que acabó en un crimen
Sevilla
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Iniciar sesiónComo estaba previsto, la Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a trece años de cárcel a Alhasan, el joven acusado de asesinar en el mes de noviembre de 2019 a un vecino de La Puebla de Cazalla durante el robo de la ... marihuana que la víctima le iba a vender. En el banquillo también se sentaron otros seis acusados, pero éstos han sido condenados a penas de entre seis meses y ocho años y tres meses de prisión tras haber alcanzado un acuerdo de conformidad con la Fiscalía y la acusación particular.
Durante el juicio, todos los acusados y sus defensas mostraron su conformidad con la calificación de la Fiscalía, a la que se había adherido la acusación particular, por lo que, a instancias de las partes y de acuerdo con sus pedimentos, se acordó dictar sentencia sin más respecto de los acusados para los que se interesaban penas por distintos delitos inferiores a seis años de prisión y someter al juicio del jurado la declaración de responsabilidad penal de la conducta atribuida al principal encausado, el joven Alhasan, ya que la pena que se le reclamaba por el delito de asesinato ascendía a diez años de prisión, lo que obliga a que el jurado tuviera que pronunciarse sobre el objeto del veredicto y sobre su culpabilidad.
De este modo, y tras el veredicto de culpabilidad emitido la pasada semana por los miembros del jurado popular, la Audiencia condena a Alhasan K.B. a diez años de prisión por un delito de asesinato; a un año y medio de cárcel y el pago de una multa de 120.286,34 euros por un delito agravado contra la salud pública; a un año de prisión por un delito de robo con violencia y uso de armas en grado de tentativa; y a seis meses de cárcel por un delito de tenencia ilícita de armas, concurriendo en todos los delitos las atenuantes de confesión tardía y drogadicción.
Los otros acusados
Asimismo, la Audiencia condena a Cristian S.S. a cinco años de prisión como cómplice de un delito de asesinato; a un año y nueve meses de cárcel por un delito de robo con violencia y uso de armas en grado de tentativa con la agravante de reincidencia, y a un año y medio y el pago de una multa de 120.286,34 euros por un delito agravado contra la salud pública, en todos los casos con las atenuantes de drogadicción y confesión.
De igual modo, la Audiencia impone a Marcos T.V. y a José Antonio C.R. cinco años de cárcel como cómplices de un delito de asesinato; un año por un delito de robo con violencia y uso de armas en grado de tentativa, y un año y medio de prisión y multa de 120.286,34 euros por el delito agravado contra la salud pública, igualmente con las atenuantes de drogadicción y confesión.
Estos cuatro conformaban una banda organizada y asentada en Málaga, dedicada al robo de droga, según lo señaló la Policía Nacional cuando los detuvo meses después del crimen en noviembre de 2019.
En la sentencia, fechada el 29 de septiembre y facilitada por la oficina de prensa del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, la Audiencia condena a Rafael S.S., primo de la víctima, a seis meses de cárcel y el pago de una multa de 120.286,34 euros por un delito agravado contra la salud pública con las atenuantes de drogadicción y confesión, mientras que impone a Joaquín T.V. y a Nicanor D.T. seis meses de prisión por un delito de encubrimiento con la atenuante de confesión.
Asimismo, el principal condenado y los tres acusados como cómplices del delito de asesinato deberán indemnizar conjunta y solidariamente con un total de 209.000 euros a la familia de la víctima.
El plan de la banda
El desarrollo de la vista oral deparó sorpresas, sobre todo, después de escuchar con vehemencia a las defensas asegurar que sus clientes no tenían nada que ver con los hechos juzgados. Al día siguiente Alhasan y el resto de acusados admitían su participación en los hechos en distinto grado. Alhasan reconoció que disparó dos veces a la víctima.
En su veredicto, el jurado consideró probado que, sobre las 18,00 horas del 16 de noviembre de 2019, los acusados Alhasan, Marcos, Cristian, José Antonio y Nicanor se desplazaron desde Málaga a la localidad de La Puebla de Cazalla, donde habían concertado una cita con el fallecido «con el aparente fin de comprar una partida de marihuana que éste poseía».
Todos los acusados mencionados anteriormente, con la excepción de Nicanor, «se habían puesto de acuerdo en sustraer la droga en lugar de comprarla, y la iban a destinar a su posterior venta a terceras personas», recoge la sentencia, que añade que el acusado José Antonio fue el primero en llegar a la nave donde habían quedado con la víctima, «diciendo ser un intermediario» en la venta de marihuana, ayudando al fallecido y a su primo Rafael a pesar la droga y a introducirla en bolsas.
Solo e indefenso
Tras este primer contacto con la víctima y su primo, José Antonio se marchó del lugar, no sin antes convencer al primo del fallecido y también condenado que se marchara igualmente, todo ello con el fin de que la víctima se quedara sola. Con ello provocaban una situación de superioridad.
Entonces llegaron a la nave los acusados Alhasan, Marcos y Cristian y de forma sorpresiva el primero de ellos extrajo un arma de fuego para la que no tenía licencia y disparó a la víctima en varias ocasiones, alcanzándole un proyectil en la zona del tórax, tras lo que dicha víctima fue trasladada por su primo al centro de salud de La Puebla de Cazalla, falleciendo sobre las 18,30 horas.
Los acusados huyeron del lugar dejando en la nave el coche alquilado en el que se habían desplazado ante la llegada del primo del fallecido y otros vecinos, quienes «impidieron que se hicieran con la marihuana», que, igualmente, tuvieron que abandonar en la nave. El peso total de la sustancia incautada ascendió a 74.246 gramos, con un valor total de mercado de 120.286,34 euros. La sentencia recoge que el principal condenado, al igual que el resto de acusados, han procedido al reconocimiento de los hechos y de su participación en los mismos, facilitando con ello su enjuiciamiento.
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