El crimen del 'Pituli' en Valencina: el TSJA reduce en dos años y medio de cárcel la pena al asesino

Admite la atenuante analógica de embriaguez esgrimida por la defensa

La «crueldad» del asesino del 'Pituli' en Valencina: «Después se puso a cortarlo en pedacitos»

Piden más de 20 años de cárcel para el acusado del asesinato del 'Pituli' en Valencina de la Concepción

El acusado del crimen de Valencina, junto a la que fuera pareja de la víctima y también acusada, en el primer día del juicio Rocío Ruz

ABC de Sevilla

Valencina de la Concepción

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha estimado parcialmente el recurso de apelación del varón condenado por la Audiencia de Sevilla por asesinar en julio de 2020 a un varón de 58 años en una vivienda de Valencina de la Concepción ... asestándole 40 puñaladas, contra la sentencia de dicha instancia que le impone 20 años de cárcel; reduciendo la pena de prisión a 17 años y medio, según figura en una sentencia emitida el pasado 11 de septiembre por el Alto Tribunal andaluz y recogida por Europa Press.

La sentencia inicial condenatoria de la Audiencia de Sevilla recoge que en su veredicto, el jurado popular encargado del caso consideró probado que los hechos acontecieron entre las 14 y las 16 horas del día 27 de julio de 2020 en una vivienda de Valencina, cuando el acusado, José Alejandro P.N., defendido por el letrado Javier Bernalte, mató a la víctima, un varón de 58 años conocido como 'Pituli', tras golpearle con una muleta y causarle hasta 40 cortes en cara, cuello y pecho con un cuchillo tipo «cebollero», generándole así un sufrimiento «innecesario».

Según los miembros del jurado, el varón condenado causó dicha muerte «alcanzando por sorpresa» al fallecido y «aprovechando su situación de superioridad, tanto por razón de la diferencia de 22 años de edad entre ambos, como por la complexión física», a lo que se suma que el 'Pituli' se encontraba bajo los efectos de la ingesta previa de metadona y alcohol que le impidieron defenderse en condiciones de igualdad.

El jurado también consideró probado que el acusado, «con la intención de deshacerse del cadáver y ocultarlo, intentó descuartizar el cuerpo, empleando varias horas en practicar cortes diversos y llegando a hacer uso de un carro procedente de un supermercado cercano y de bolsas de basura»; contando para ello «con la ayuda» de Marta M.D., pareja sentimental de la víctima y quien finalmente, sobre las 19.40 horas del día de los hechos acabó telefoneando a la Guardia Civil informando de una muerte violenta en su domicilio.

El jurado consideró también probado que José Alejandro P.N. presenta un trastorno de personalidad y por el consumo de sustancias estupefacientes, implicando una leve afectación de sus facultades volitivas; mientras que la acusada presenta un trastorno mixto de personalidad que no altera su capacidad de comprensión ni de actuar conforme a dicha comprensión, pero sí altera de manera leve su capacidad volitiva.

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