Bormujos

El interventor de Bormujos rechaza el contrato a un mago para aplicar el protocolo del Covid en los colegios

El socialista Francisco Molina pagó 18.000 euros a la empresa de amenización de fiestas, Evartisto, a lo que el alto funcionario pone reparos por «no contar con capacidad» para esos contratos

El alcalde de Bormujos, el socialista Francisco Molina J J. Úbeda

E. Barba

La polémica no cesa en el Ayuntamiento de Bormujos . El alcalde, el socialista Francisco Molina , acaba de recibir un varapalo a su gestión por parte del propio interventor municipal, que ha rechazado la sonada contratación de una empresa de fiestas infantiles ... para aplicar protocolos frente al Covid en los colegios, asunto adelantado por este periódico el pasado mes de enero. El alto funcionario concluye en un informe elaborado al respecto de ese proceso administrativo que la empresa en cuestión, Evartisto, carece de capacidad para optar a ese tipo de contratos de servicio, formulando reparo al vínculo adquirido entre el Ayuntamiento y la compañía de entretenimiento infantil.

Como se recordará, el 19 de octubre de 2020, el alcalde firmó una resolución para adjudicar el contrato menor de servicios titulado «Asesoramiento y seguimiento del protocolo Covid-19 en los centros educativos de Bormujos» con el teórico fin de fiscalizar el cumplimiento de las medidas sanitarias dispuestas por la Junta de Andalucía para evitar los contagios en los colegios. Pero la adjudicataria de este contrato resultó ser la empresa Evartisto, que es una «agencia de eventos, coaching y de espectáculos mágicos», según aclara en su propia web, titulada «Evartisto, siempre listo». Esto quiere decir que el control del cumplimiento de las medidas del Covid en los centros educativos se le adjudicó a un mago y cuentacuentos que ameniza fiestas, por muy rocambolesco que suene.

Según la resolución de Alcaldía firmada por el propio Molina, el contrato se sacó con vigencia hasta el 31 de diciembre pasado con el fin de hacer el seguimiento del citado protocolo frente al coronavirus, aunque las competencias del regidor para esta cuestión también eran y son bastante discutibles. La delegada territorial de Salud y Familias de la Junta de Andalucía, Regina Serrano , ya explicó en un documento que sirve de referencia a los municipios que «de acuerdo con la guía de actuación ante la aparición de casos de Covid en centros educativos publicada por el Ministerio de Sanidad, los centros deberán contar con una figura de responsable en esta materia, entre cuyas funciones estará la comunicación y coordinación con los servicios sanitarios y los servicios de salud pública de su comunidad autónoma». Sin embargo, esta guía señala en su apartado 3 que cada centro deberá elaborar un plan de actuación específico con un equipo «que estará formado por los siguientes miembros: representante de equipo directivo del centro, coordinador o coordinadora del plan de autoprotección y la Prevención de Riesgos Laborales en el centro, coordinador del Programa Hábitos de Vida Saludables y representante del Ayuntamiento». «Para la gestión de los posibles casos de Covid-19 en los centros educativos, esta Delegación participa con los interlocutores establecidos, entre los que no se encuentran las empresas de asesoramiento de la administración local», concluía la Administración regional destacando que ninguna empresa externa tiene competencias reconocidas por la Junta para estos menesteres. Sin embargo, Molina hizo caso omiso y adjudicó el contrato.

Estatutos modificados

Ahora es el interventor municipal, José Manuel Ortiz, el que ha expuesto su reparo en un amplio informe al que ABC ha tenido acceso. En este se repasan, en primera instancia, los detalles tanto del contrato como de la empresa en cuestión y su objeto social, ante el que ya se trasladaron las objeciones oportunas en un primer momento porque Evartisto « no tiene capacidad de obrar para la realización del contrato administrativo menor, al no venir en su objeto social la materia objeto del contrato». Todo muy evidente. Tras ello, el 29 de abril de este año la compañía de entretenimiento presentó a la intervención municipal una modificación de las escrituras de la empresa donde se exponen varios acuerdos adoptados en el seno de esta mercantil donde se señala la ampliación del objeto social, modificándose el artículo 2 de sus estatutos sociales. Se indica entonces que entre sus objetivos está también la «formación en general, la educación de los distintos niveles y modalidades de enseñanza», así como las «actividades culturales, pedagógicas, artísticas, deportivas y otras complementarias y conexas con actividades docentes, en especial actividades complementarias, extraescolares y servicios escolares complementarios». Lo que viene siendo un argumento confeccionado a posteriori y supuestamente a la medida de un contrato que ya se había adjudicado.

Pese a los cambios en los estatutos, el interventor ha vuelto a rechazar la contratación firmada por Molina en un informe reciente, en el que formula reparo definitivo de la «factura presentada en concepto de la prestación del contrato de servicio técnico de asesoramiento y seguimiento de protocolos Covid». Y lo hace, según recalca, «como consecuencia de no contar la empresa Evartisto con capacidad de obrar para la contratación del servicio, según el artículo 2 de sus estatutos» recogidos en las escrituras iniciales, «y tampoco la tiene con la ampliación del objeto social de las escrituras de 27 de enero de 2021, ya que la capacidad de obrar no puede tener carácter retroactivo». El funcionario principal pone el dedo en la llaga y alude claramente a que l os estatutos de Evartisto se han cambiado a posteriori para que el objeto social se adapte a un contrato ya adjudicado cuando ese objeto social era radicalmente ajeno a las características del contrato público.

El informe indica que la empresa ha variado su objeto social a posteriori para amoldarse al servicio adjudicado

Asimismo, y en segundo lugar, el interventor subraya también «la no coincidencia entre la justificación de la realización del contrato menor dada para la aprobación del contrato y lo recogido en el informe técnico sobre la ejecución real o material del contrato». Ni de una forma ni de otra la contratación de la empresa de entretenimiento infantil se ajusta a ese servicio de vigilancia de protocolos Covid en colegios de Bormujos. Ortiz indica en su informe que el alcalde tiene la posibilidad, según las leyes, de «realizar un informe justificativo de la aprobación de facturas». Aunque se antoje verdaderamente arriesgado en su vertiente legal teniendo en cuenta lo claro y contundente que ha sido el interventor en su escrito.

El adjudicatario, Evartisto, se dedica a los eventos sociales, como queda reflejado con nitidez en su web. «Hacemos realidad su evento soñado: bodas, comuniones, eventos infantiles, talleres educativos, ludoteca...», se indica. También organiza fiestas temáticas. «Nuestra experiencia en creación de fiestas nos lleva a ofrecerles una gran variedad y calidad: 1001 noches, Roma clásica, años 80, el circo, vintage...», añade, incluyendo servicio de «montaje, escenario, magia, música clásica, ecología, lectura, rock, salsa...». «Nuestro personal está totalmente garantizado para la realización de talleres y gestión de zonas de ludoteca de su club social y nos encargamos de los juegos, animaciones, talleres y ponemos en conocimiento de los padres cualquier cuestión que sea necesaria (pipí, hambre...)», concluye. Parece evidente que «Evartisto, siempre listo» no es la empresa más adecuada para el control sanitario de las medidas del Covid en centros escolares.

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