La jueza del derrumbe de la nave de Coria admite su «decisión precipitada» de archivar el caso y ordena reabrirlo
Estima los recursos de las familias de los trabajadores fallecidos y ordena «la práctica de diligencias que permitan el esclarecimiento de los hechos»
Archivada la causa penal por la muerte de tres trabajadores por un tornado en Coria del Río
La Fiscalía pide seguir investigando la muerte de tres trabajadores en una nave de Coria del Río tras un tornado
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Iniciar sesiónLa jueza Eva María Gaspar, titular de la plaza número dos de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Coria del Río, ha dado marcha atrás a la decisión adoptada el pasado 1 de septiembre para dar carpetazo a la investigación ... penal por el grave accidente laboral del pasado 4 de abril en dicha localidad, al derrumbarse una nave agrícola en la finca El Sequero con el resultado de tres trabajadores fallecidos, uno de los más graves siniestros laborales acontecidos en la provincia de Sevilla este año 2025.
En un auto emitido el pasado 2 de octubre, la jueza instructora reconoce abiertamente que el archivo provisional de la causa ordenado el pasado 1 de septiembre «fue una decisión precipitada», siendo tal extremo recurrido tanto en reforma por la acusación particular ejercida por las familias de los fallecidos, como en apelación por el propio Ministerio Fiscal, que veía ya «prematura» la medida porque aún restaban pruebas por realizar e informes por recibir, como el de la Inspección de Trabajo.
En ese sentido, la jueza instructora explica que «aunque como se indica en el auto de sobreseimiento, existen diversos informes del Ayuntamiento de Coria del Río, del Centro de Prevención de Riesgos Laborales de Sevilla, de la AEMET o del FREMAP que vienen a decir que el día de los hechos se produjo un fenómeno atmosférico extraordinario, que se trata de un hecho imprevisible y que entra dentro de los supuestos de fuerza mayor, eximiendo con ello de responsabilidad a los intervinientes, no es menos cierto que ninguno de estos informes realiza un análisis técnico. ni exhaustivo del estado en el que se encontraba la nave ni de la responsabilidad del empresario».
Además, la jueza admite que «como indica el Ministerio Fiscal, todavía falta el informe requerido a la Inspección de Trabajo, que quizás es el que más luz arroje sobre la posible responsabilidad que haya podido tener la empresa en el siniestro, y esclarecer si se dan o no todos los elementos que exige el tipo penal para entender cometido el delito contra los derechos de los trabajadores».
Por eso, la jueza ha resuelto estimar los recursos de reforma de las acusaciones particulares contra el auto de fecha 1 de septiembre, revocando así su propia decisión inicial de archivo y ordenando «llevar a cabo la práctica de diligencias que permitan el esclarecimiento de los hechos denunciados».
Eso sí, la instructora precisa que «lo más apropiado es que las declaraciones acordadas ya, tanto de los perjudicados, como de los investigados y testigos, no se lleven a cabo hasta que se reciban los informes que se estiman necesarios para el esclarecimiento de los hechos, principalmente el informe sobre de la Inspección de Trabajo, que como apunta el Ministerio Fiscal es el que permitirá determinar si se ha cometido un delito contra los derechos de los trabajadores».
Para su decisión inicial de archivo, la jueza tuvo en cuenta un informe de la Agencia Estatal de Meteorología (Aemet), según el cual «el 4 de abril de 2025 en torno a las 11.30 horas, un tornado que llegó a alcanzar intensidad 2 en la escala Fujita Internacional produjo los daños conocidos en los cortijos de Sierra Morena y El Sequero del término municipal de Coria del Río, con una velocidad máxima estimada de orden de 220 kilómetros por hora».
También destacaba la instructora un informe pericial que concluye que «el colapso de la nave trae su causa en la imprevisible e inevitable irrupción de un tornado que llega a los 220 kilómetros por hora de velocidad de rotación del viento y que tarda breves segundos en atravesar la nave, levantando la estructura y techo». Ello, cuando «el Consorcio de Compensación de Seguros clasifica los vientos superiores a 120 km/h de carácter extraordinario», según el propio perito.
Pero el letrado José Ignacio Bidón, que representa a los familiares de José Manuel Velázquez, uno de los fallecidos, avisaba de la existencia de otro informe que expone que la nave afectada tenía «irregularidades» en la estructura, «problemas de construcción, anclaje y no estaba preparada para ráfagas de viento fuertes». Además, este letrado apuntaba a la falta de medidas preventivas, así como que en el plan de prevención de riesgos laborales de la empresa no se contemplaba las medidas a tomar ante tal situación.
La Fiscalía, de su lado, consideraba «prematura e indebida» la decisión de archivo, sobre todo cuando está pendiente de recibirse el informe de la Inspección de Trabajo sobre el accidente; resultando que la propia jueza ha reconocido, finalmente, que actuó de manera «precipitada» a la hora de cerrar la causa, que ahora habrá de continuar su curso.
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